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CONSULTA SOBRE PARO, SUBSIDIOS Y TEMAS LABORALES


Si tienes alguna duda referente a este tenebroso y oscuro mundo de las prestaciones por desempleo especialmente, o referida a temas laborales, puedes realizar tu consulta escribiendo un comentario en el artículo correspondiente al tema que quieras consultar. Si no encuentras el artículo relacionado, también puedes hacerlo en cualquier otro que consideres de parecido contenido.


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 El organismo competente para informar, tramitar y resolver, en materia de prestaciones por desempleo, en el Servicio Público de Empleo Estatal (antiguo INEM).

Comentarios

  1. Hola, he trabajado más de 6 meses a media jornada y después tres días a jornada completa, mi pregunta es si cobraría la ayuda completa o la mitad de ella, gracias

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    1. Hola,

      Si el último contrato, el que causa la situación legal de desempleo, es a jornada completa, el subsidio deberían concedertelo completo, es decir los 426 euros durante la duración del subsidio.

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    2. Muchas gracias por la información, pero desafortunadamente para mí me han concedido la mitad solamente, debería reclamarlo, y se es así, cuál debería ser la forma más correcta. muchas gracias de antemano

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    3. Pues con la información que me aportas, entiendo que el subsidio debe de ser completo si lo pides despues de los 3 días a completa. Otra cosa es que el INEM haya detectado indicios de fraude y te lo conceda parcial y otra opción es que haya sido un error de reconocimiento del subsidio, que también podría ser.

      Para reclamar debes presentar un escrito de reclamación previa dirigido a la Dirección Provincial de prestaciones con tu nombre dni las alegaciones que expones y reclamando la revisión del subsidio. El modelo para presentar este escrito puedes encontrarlo en la propia oficina de empleo donde además debes presentarla y recibir una copia sellada del registro de entrada.

      Un saludo

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    4. muchísimas gracias

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    5. Otra cosa más, y perdone usted que le moleste, me podría decir cuales son los baremos que se deben seguir para distinguir un fraude o donde pudiera yo verlos(ya que no los encuentro por ningún lado),pues la señorita que me atendió me dijo que los tres días al ser del ayuntamiento eran claramente indicio de fraude. Muchas gracias de todo corazón pues no sabe usted la ayuda que me está proporcionando

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    6. De nada!! Aquí encantado de poder ayudar en lo que sea posible!

      No tengo conocimiento de que exista algún tipo de baremo para establecer la posibilidad de fraude o no. Cuando la oficina de empleo considera que existen indicios de un posible fraude en contratación con el objeto de cobrar prestaciones por desempleo, puede dar parte a Inspección de Trabajo para que investigue esa situación.

      Síguenos a traves de facebook

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    7. Hola yo cobro mil euros brutos al mes incluidas las dos pagas extras mi mujer no trabaja tenemos derecho al rai cuando ya hemos agotado todas las prestaciones alguien me puede ayudar gracias

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    8. Hola

      Te dejo un enlace donde puedes ver los requisitos personales y familiares para poder tener acceso a la RAI.

      Requisitos para la RAI

      Si te ha sido útil...puedes darnos un "me gusta"

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  2. Ante todo enhorabuena por esta página que nos ayuda a todos. Ahora mismo soy autónomo, llevo cotizados 38 años de los cuales he tenido periodos que simultaneamente cotizaba al régimen general. Le explico: voy a cerrar mi empresa pero no puedo solicitar el llamado paro de autónomos porque no reúno los requisitos que para ello se exigen. He pensado en solicitar el subsidio para mayores de 55 años pero no sé si tendré derecho. He leido que entre los requisitos que se exigen para el subsidio se requiere haber cotizado al menos 15 años ( lo cumplo), pero 2 de ellos deberán estar dentro de los 6 últimos( también lo cumplo), lo que sucede es que en el año 2008 cobré prestación por desempleo, a la cual también tenía derecho porque en ese momento no trabajaba. Mi pregunta: Al cobrar desempleo, ¿ ya no tengo derecho al subsidio? ¿ tengo que generar nuevas cotizaciones? Por favor acláreme esta duda. Muchísimas gracias

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    1. El que hayas cobrado paro en el pasado no influye para nada en el derecho al subsidio de mayores de 55 años. En tu caso, si cumples los requisitos que se establecen para percibir este subsidio y que puedes ver en el siguiente enlace:

      Subsidio de mayores de 55 años

      necesitarías de todas maneras una vía de acceso al subsidio, es decir, agotar paro o subsidio o trabajar un mínimo de 3 meses cotizando a desempleo. Además se deben cumplir los requisitos económicos impuestos por la última reforma y que puedes ver en el mismo artículo del enlace

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  3. Hola,ante todo gracias por atenderme,mi duda es la siguiente,tuve un despido y solicite mi paro,despues gane el juicio y en mi sentencia,ponia en el fallo,que no se fijaban salarios de tramite por estar en situación de it,pero esa prestación nunca la cobre pues no la solicite,aun asi la empresa me abono los salarios de tramite,pero mas bajos,porque me dijeron que era la parte de seguridad social,ahora el paro me pide el tiempo que cobre de paro,y mi pregunta es:No se le pide a la empresa?Y en el caso que se le pida a la empresa,despues la empresa me lo puede reclamar a mi?Estoy obligada a devolvérselo a la empresa?Gracias.

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    1. Si cobraste salarios de tramitación conjuntamente con la prestación por desempleo, debes devolver ese período de prestación al Servicio Público de Empleo Estatal. Si la cantidad que te daban de salarios, era inferior a la que te correspondía, debes reclamárselo a la empresa. También entiendo que mientras estabas en situación de IT, la empresa no tiene la obligación de abonarte los salarios de tramitación durante el período que dura dicha baja.

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  4. pero la baja de it que no cobre,no se la puedo reclamar a la empresa,si me la hubiera,pagado mes a mes,yo no hubiera que solicitar mi paro.Gracias

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    1. Si te despidieron y seguías en situación de IT, es la mutua o la Seguridad Social quien tiene que pagarte hasta el alta y después del alta es cuando tenías que haber solicitado la prestación. La verdad es que es un caso complejo y habría que verlo más en detalle. Te recomiendo que busques a un sindicato o abogado laboralista que estudie la situación a fondo

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  5. si,pero no me pagaron y yo desde mi ignorancia en estos casos solicite el paro,ahora me lo reclaman por haber estado en situación de it,prestacion que no cobre,porque me dicen que debería haber cobrado la it,y que ahora lo que puedo hacer es reclamar el pago de la it que no cobre y asi pagar la deuda del paro,me parece injusto todo esto que me esta pasando,porque aunque lo he fraccionado me cobran el 60 por ciento y voy a cobrar muy poco.Gracias.

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  6. Hola buenas. Quisiera resolver una duda que tengo. He ganado un juicio y la empresa debe pagarme la indemnización correspondiente y los salarios de tramitación, que por lo visto, tras la reforma de 2012 corresponderían desde la sentencia hasta la extinción judicial. El caso es que en ese periodo se me olvidó sellar el paro. Se que si una empresa te paga los salarios de tramitación, tienes que devolver el paro, pero en mi caso, puesto que en dicho mes me dieron de baja como demandante de empleo, y en consecuencia no he cobrado este mes, entiendo que tampoco debo devolver una prestación que no he cobrado.

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    1. Hola

      Tenía entendido que los salarios de tramitación habían desaparecido desde la reforma laboral, exceptuando los casos en que se produce la readmisión del trabajador tras despido declarado nulo o improcedente y notificado con anterioridad al 12 de febrero de 2012.


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  7. En mi caso, hay readmisión por despido improcedente (pues no han notificado nada pasado cinco días desde la sentencia) y en consecuencia, la empresa debe pagar los salarios de tramitación. Aunque todo esto se ha llevado a cabo posterior a la reforma.

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    1. De acuerdo. Como en tu anterior comentario, exponías que la empresa tenía que pagarte indemnización, no consideré que se trataba de una readmisión. No me he encontrado con un caso parecido aunque imagino que lo más lógico es que tengas que devolver lo cobrado, no la parte perdida por la sanción. De todas formas, como ya te digo, no he visto un caso similar y creo que deberías consultarlo con la oficina de empleo, que además es quien decidirá la cuantía que debes devolver.

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  8. Hola buenas noches,

    quisiera saber si es posible tirar para atràs la solicitud de la prestación. Os lo explico:
    Hoy mismo me he ido a la oficina del inem a pedir la prestación y seguidamente después he ido a una entrevista de trabajo, donde me han dicho que el lunes empiezo a trabajar.
    Como que el lunes empiezo a trabajar, preferiria que no me pagaran nada del paro y así con este nuevo contrato se sume a este paro.
    Puedo pedir que anulen la solicitud?
    Gracias
    Maria

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    1. Hola

      Sí. Es posible desistir de tu solicitud siempre y cuando la oficina no haya resuelto tu expediente, por lo tanto cuanto antes acudas a la oficina para solicitar el desistimiento, mas probabilidades de que puedas echar para atrás la solicitud.

      Un saludo

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  9. Buenas tardes. Tenía un depósito de 135.000 € en un fondo de un banco, a plazo, que me producia al año unos intereses brutos de unos 6.000 € al año. Hace unos días, me denegaron el subsidio familiar, por superar individualmente, mis rentas, los 483,98 € . El depósito ha vencido, y las condiciones actuales están, muy por debajo de las anteriores. Actualmente, tengo ese dinero en cuenta. Lo voy a colocar en otra entidad al 1,65 % tae anual, con lo que los intereses serian de unos 2.260 € brutos anuales/12=188,37 € mes). Tengo además unas acciones, desde hace años, que no he vendido, porque han caido muchísimo, no me reportan ninguna renta (ahora mismo tienen un valor aproximado de 22.000 €.) y una segunda vivienda vacia, cuyo valor catastral es de unos 27.000 €. Somos mi mujer y mi hijo de 17 años. Ellos no tienen ninguna renta. Con esta situación, ¿puedo volver a solicitar el subsidio familiar? ¿Tengo derecho? Muchas gracias. Un saludo.

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    1. Hola

      Puedes perfectamente volver a solicitar el subsidio, si las condiciones que motivaron la denegación de tu solicitud han cambiado, dentro del plazo de 1 año, como es tu caso.
      Debes justificar el cambio en las condiciones del nuevo depósito y el rendimiento que te produce.
      En cuanto a las acciones y la segunda vivienda (si no se puede determinar su rendimiento), lo más probable es que el SEPE calcule el rendimiento presunto de dichos bienes aplicando el tipo de interés legal del dinero (4%) sobre el valor y dividiendo esa cuantía entre 12 meses para sumar al resto de rentas mensuales.

      La oficina de empleo, será quien realizará de nuevo los cálculos para determinar si cumples los requisitos económicos para tener derecho al subsidio.

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    2. En estos casos, los rendimientos se calculan anualmente mediante las declaraciones de renta del año anterior. Por este motivo, el SEPE tendrá en cuenta la declaración anterior aunque en este momento no tengas ya esos ingresos.
      Es un tema complicado y que dá quebraderos de cabeza a solicitantes y oficinas. Es probable que te vuelvan a denegar la solicitud de subsidio por las razones que te acabo de exponer y tengas que reclamar por otras vías.
      De todas maneras, la información que te aporto es meramente orientativa y debes tratar este tema con la oficina que es el órgano competente para informar y resolver.

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  10. Hola tengo 29 años recién cumplidos y llevo trabajando con un contrato de formación 8 meses. Ahora estoy embarazada y quisiera saber si con este contrato tengo derecho a baja maternal, y después a paro o ayuda familiar. Gracias

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    1. Art. 11 1. b) del Estatuto de los Trabajadores: "Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad interrumpirán el cómputo de la duración del contrato."

      El contrato en prácticas, en principio, cotiza a desempleo, por lo que, si acumulas las cotizaciones suficientes y además cumples el resto de los requisitos en el momento de la solicitud para optar a paro o subsidio, tendrías derecho.

      Felicidades por la maternidad!!

      Un saludo

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  11. Mi mujer es mayor de 52 años, y está cobrando este subsidio. Su madre falleció en 2013, y una hermana soltera de su madre también. Ambas tenían participaciones en terrenos rústicos, y en breve se va a producir el reparto de la herencia de la tía, pues falleció sin testar. Es casi seguro que los terrenos de la tía se van a vender, pero para ello es necesario vender también la parte de los terrenos de la difunta madre.
    Por ello, ha habido que hacer un reparto parcial de la herencia de la madre, en la que el viudo (en calidad de comisario foral, puesto que se testó en Vizcaya) ha hecho el reparto de los terrenos por tercios iguales entre las 3 hijas, de forma que a mi mujer le corresponde una participación valorada en 4.600 euros.
    1ª pregunta: esto supone un incremento patrimonial, pero ¿afecta al susbidio per se, o sólo afecta en el momento en que esas participaciones se vendan y se transformen en dinero?
    2ª si se venden las participaciones de la tía, y siendo ambas herencias diferentes, ¿se acumulan, o cada una se computa en el mes en que se produzca?

    Gracias por la aclaración

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    1. O soy un caso raro, o no me he explicado bien.
      Entiendo que, estando cobrando el subsidio por mayor de 52 años es obligatorio declarar cualquier variación en la situación de rentas.
      La pregunta por tanto sería: el hecho de recibir en herencia unos terrenos valorados en 4.600 euros (entiendo que por debajo del 75% del SMI mensualizando el importe de la herencia), ¿significa que automáticamente debe ponerse en conocimiento para ser tenido en cuenta, o habría que esperar hasta la venta de los terrenos, de producirse esta?
      Ello se acumula, además, con otra herencia de una tía, que comparte terrenos con la difunta madre, y que probablemente se adjudique en breve, por lo que la segunda pregunta sería si ambas herencias son acumulables a la hora de ser declaradas.
      Espero que ahora haya quedado más claro, y alguien me pueda aportar algo de luz en este tema.

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  12. Hola, estaba cobrando el subsidio por ser inmigrante retornado... en los meses de octubre mi suegra me transfirió dinero para poder hacer constar en extranjería que tenia medios para mantener a mi esposa (tarjeta de comunitaria) ahora resulta que hoy me llega una notificación en la cuál me quitan el derecho a ese subsidio y además debo pagarles 1500 euros por supuestamente cobrar de manera indebida.... Mi consulta les ingreso ese dinero y ya? no puedo patalear porque mi suegra me ingreso un dinero a mi cuenta de ahorros en Venezuela??? Que hago? gracias

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    1. Hola

      El motivo, más que la cuantía recibida, probablemente haya sido el no comunicar la obtención de una renta (si este es el motivo de la extinción del subsidio que te han notificado). Cuando se solicita un subsidio, firmamos una documentación en la que expresamente se indica que debemos comunicar toda variación de renta que obtengamos.

      Para reclamar contra una resolución del INEM, debes poner una reclamación previa. Posteriormente, si es desestimada, podrías interponer una demanda en el juzgado de lo social contra esa resolución. Es un tema delicado, y quizá necesites el asesoramiento de algún asesor laboral. La sanción, a todas luces, parece bastante desproporcionada, pero así esta la normativa del SEPE en estos momentos.

      El interponer la reclamación previa o la demanda judicial, en principio no creo que te exima de la obligación de reembolsar las cantidades reclamadas hasta resolución administrativa o judicial a tu favor.
      Podrías solicitar una fraccionamiento del pago de la manera que se indica al final del siguiente artículo: =Pago fraccionado de cobros indebidos

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  13. Hola que tal.en primer lugar agradecer el tiempo que os tomáis en responder las preguntas de personas como yo desconocemos muchos aspectos de la legislación laboral..Mi pregunta es la siguiente;me gustaría que me explicaran si es posible que es eso de que los trabajadores que se jubilen anticipadamente por causas ajena a su voluntad:A los exclusivos efectos de determinar dicha edad legal de jubilación, se considerará como tal la que le hubiera correspondido al trabajador de haber seguido cotizando durante el plazo comprendido entre la fecha del hecho causante y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 161.1 a) y en la disposición transitoria vigésima.Muchísimas gracia

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    1. Hola

      Disculpa pero no entiendo cuál es la cuestión que planteas en concreto. El texto que aquí expones se refiere al cálculo de la edad legal de jubilación a efectos de las reducciones en la pensión de jubilación. Para dichas reducciones se toma en cuenta la edad legal que le hubiera correspondido si siguiera cotizando.

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    2. Hola de nuevo..Muchas gracias por responder con tanta premura..Mira mi pregunta hacia referencia a que en el supuesto de que me tenga que jubilar los 61 años por causas ajenas a mi voluntad y debido a la crisis económica,si para calcular la base reguladora de la pensión ademas de los años cotizados en el momento de solicitar la jubilación se tendrían en cuenta como cotizados los años que podría haber acumulado de haber seguido trabajando y cotizando hasta la edad de la jubilación ordinaria y no se me descontarían de la escala de porcentaje..Por si sirve de algo voy hacer 61 años y tengo cotizados 35.. haber si me podéis explicar de forma sencilla,porque me dicen que esos años se denomina cotización a la sombra y yo no tengo ni idea de que significa eso..Un saludo y muchas gracias por todo..

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    3. El concepto de "cotizaciones a la sombra" es algo complicado y tiene como finalidad el mejorar las condiciones de la pensión de personas que se prejubilan anticipadamente de forma forzosa y que, de esta manera, no ven una reducción tan grande de la pensión en colectivos que acumulan la mayor parte de sus cotizaciones en la primera etapa de su vida laboral.

      Lo que se hace, es calcular tanto la primera edad a la que puede jubilarse, como el total de años cotizados en base a las cotizaciones que tendría la persona de haber seguido cotizando hasta la edad legal de jubilación que le corresponde.

      Para información de tu caso concreto, podrías acudir a la oficina de Seguridad Social que tengas más próxima donde te explicarán el funcionamiento para tu situación.

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  14. Buenas noches. Para acceder a la paga de los 55, uno de los supuestos es el haber trabajado 3 meses. Mi madre ha trabajado 6 meses como empleada de hogar, y dentro de un año tendrá los 55 años. Podrá acceder a esta paga con esos 6 meses como empleada de hogar???? Cuando terminó de trabajar fuimos a preguntar si la correspondía alguna ayuda y nos dieron que no porque las empleadas de hogar no cotizan para el desempleo. No preguntamos por la paga de los 55 por no tener la edad pero en previsión a dentro de un año que los cumplirá , nos estamos matando en buscar un trabajo para poder cumplir los tres meses requeridos y lo mismo para eso sí que valen???? No se si me he explicado muy bien , jajaja. Y. Por cierto ya de paso agradecer las molestias que te tomas. Últimamente te has convertido en mi libro de cabecera!!!!! Muchas gracias...

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  15. UN SALUDO ESTABA APUNTADO EN EL PARO EL 29 DE DICIEMBRE DEL 2012 EMPECE A TRABAJAR EL 13 DE NOVIEMBRE DEL 2013 HASTA EL 12 DE FEBRERO DE 2014 ME HAN DADO 3 MESES DE SUBSIDIO TENGO 47 AÑOS ¿CUANDO ACABE EL SUBSIDIO ME CORRESPONDE COBRAR EL RAI? MUCHAS GRACIAS

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  16. Hola Antonio

    La edad la cumples, además deberías tener un año de antiguedad como demandante. Durante ese año que debes estar apuntado al paro se permite haber trabajado menos de 90 días y tener de todas formas derecho a la RAI. Creo, con los datos que me das, que has trabajado 90 o aproximado. No me atrevo a decir si tendrás derecho o no al subsidio pues está muy ajustado y no dispongo de los detalles. En la oficina de empleo, verán con detenimiento si cumples los requisitos y te concederán la RAI o no en función de ello. Espero que tengas suerte y que así sea.

    Para ver los requisitos de la RAI visita este artículo: Renta Activa de Inserción

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  17. Hola que tal,En primer lugar daros las gracias por la labor que hacéis tan beneficiosa para muchas personas como yo que desconocemos la legislación laboral..Mi pregunta es la siguiente:Hola tengo 59 años y tengo concedido el subsidio desempleo por mayor de 52 años desde el 03/10/2012 hasta el 15/12/2019 que cumpliré los 65 años,lo pare porque me salio trabajo y lo volví activar de nuevo (solo tengo que hacer declaración de rentas anual de lo mio por ser de la subsidio antiguo), tengo acumulados 330 día de paro, si vuelvo a encontrar trabajo de 6 meses tengo derecho a cobrar paro y digo que que quiero seguir cobrando el subsidio de mayores de 52 años, que me puede pasar pierdo el antiguo que solo se hace mi declaración de rentas y paso al nuevo que es el declaración de rentas de la unidad familiar.Un saludo y muchas gracias por todo..

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  18. Tengo 57 años, desde mayo de 2013 venía cobrando el subsidio de mayores de 55 años. En casa eramos 3 personas, ahora mi hijo trabaja y vive fuera. Mi mujer tiene una nomina con salario base de 971€, tenemos unos ingresos de 70€ cada mes de un deposito a plazo fijo además de una libreta de jubilación en la que aporto 150€ cada mes. Me deniegan el subsidio por pasarme del Salario Mínimo Interprofesional (del 75%).
    Mi pregunta es; ¿Si saco el deposito a plazo fijo y lo pongo a la vista tendría derecho al subsidio? ¿Las libretas de jubilación cuentan como renta?
    Gracias de antemano. Un Saludo.

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    1. La verdad es que este tipo de temas tan complicados no me gusta mucho mojarme ni responderlos. Aunque como mi intención es poder dar algo de información a todos, te puedo decir que aunque pases el depósito a una cuenta a la vista, lo más probable es que el SEPE no te admita la solicitud (aunque puede ser que sí, no me mojo) y te explico, El SEPE se basa en tu declaración de la renta del año anterior para determinar tus rendimientos y por lo tanto lo más probable es que te denieguen y tengas que poner reclamación para hacer ver que en tu momento actual no tienes ese capital mobiliario. De todas formas, aunque no sea un depósito, toda cantidad genera un rendimiento el cual, si no se puede determinar, se le aplica el 4% anual.

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  19. No hay nadie que espa reasponder a la pregunta:
    Hola tengo 59 años y tengo concedido el subsidio desempleo por mayor de 52 años desde el 03/10/2012 hasta el 15/12/2019 que cumpliré los 65 años,lo pare porque me salio trabajo y lo volví activar de nuevo (solo tengo que hacer declaración de rentas anual de lo mio por ser de la subsidio antiguo), tengo acumulados 330 día de paro, si vuelvo a encontrar trabajo de 6 meses tengo derecho a cobrar paro y digo que que quiero seguir cobrando el subsidio de mayores de 52 años, que me puede pasar pierdo el antiguo que solo se hace mi declaración de rentas y paso al nuevo que es el declaración de rentas de la unidad familiar.Un saludo y muchas gracias por todo..

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    1. Puedes tener la opción de seguir cobrando el subsidio de mayores de 52 si el paro agotado no es a tiempo completo y así lo especificas al solicitar. En caso de que generes un nuevo paro, a tiempo completo, al agotar el paro debes solicitar de nuevo el subsidio, pero con los nuevos requisitos que tiene actualmente. De todas formas, esta información es orientativa y debes consultar con el SEPE

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  20. estado asegurado durante 5 meses a 2horas y el sexto mes me han cambiado el contrato a 8 horas ,puedo cobrar completa la ayua familiar ?o tenia que haber estado esos 5 meses a 4 horas?gracias

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    1. Si es el mismo contrato, lo más probable es que te calculen una media ponderada para la parcialidad del subsidio. Si son contratos diferentes, y el último contrato, el que da acceso al subsidio, es a jornada completa, el subsidio deberías cobrarlo completo.

      Un saludo

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  21. Hola que tal:En primer lugar agradecer el tiempo que empleáis de forma totalmente desinteresada en atender nuestras preguntas:Mi consulta es la siguiente:Mi empresa me va a hacer un ere temporal,¿qué pasos he de seguir para poder cobrar la prestación?.Tengo dudas de que pasos he de seguir.Me gustaría saber como puedo cobrar la prestación y que tengo que hacer para cobrarla estando en un ERE temporal.Un saludo y muchas gracias..

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    1. Pero a ver.... en que quedamos... te vas a prejubilar, estás cobrando el subsidio de mayores de 55 años o estás en un ERE?

      O Josbian tiene múltiples personalidades o imagino que escribís desde una asesoría o eres un gestor. En este caso...estaría encantado de ofreceros una colaboración si es que mi trabajo desinteresado sirve para lucrar a otros...

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  22. Hola, he agotado los 24 meses de prestacion por desempleo y voy a solicitar el subsidio para mayores de 55 pero tengo muchas dudas para la obtencion de rentas.Mi mujer cobra el paro y tengo una hija de 22 años estudiando.
    mis preguntas son:
    ¿ las rentas se refieren al mes anterior o las que se detallan en la ultima declaracion de renta ?
    ¿ como calculo la renta de mi mujer que cobra el paro si no hay nominas ?
    tengo un deposito a plazo fijo que me ingresa los intereses una vez al año ¿ como calculo la renta correspondientes con los intereses del año pasado ( figuran en la renta ) o con los de este ?
    tambien el año pasado vendi un piso que habiamos heredado pero lo tendre que incluir en la renta de este año ¿ lo tengo que incluir ahora o sera para el año siguiente ?

    ujj espero me ayudeis. gracias

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  23. Las ganancias patrimoniales se imputan como importe unico el mes en que se priducen ? O se prorratean en 12 y se cimputan cuando aparecen en la renta ? Para el subsidio de mayores de 55

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  24. Hola, estoy cobrando la prestación por desempleo, me quedan 7 meses. Me han ofrecido trabajo por un día con alta en la seguridad social. Tengo que volver a iniciar los trámites para volver a cobrar la prestación (pedir cita....) Muchas gracias.

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    1. Hola Nuria

      Si tienes las claves, puedes realizar la reanudación por internet en la web del SEPE. De todas formas, creo que es preferible solicitar cita previa por internet y acudir a la oficina en la fecha indicada acompañada del certificado de empresa por el día trabajado para solicitar la reanudación de la prestación.
      En caso de varios dias sueltos trabajados, se puede ir una sola vez a la oficina, siempre y cuando no pasen 15 días hábiles desde el primer día que se ha cortado la prestación.

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  25. Hola que tal. En primer lugar quiero agradecer por anticipado la labor que hacéis en esta pagina web y me gustaría hacer la siguiente pregunta:
    Tengo un hijo que actualmente trabaja a tiempo parcial y cobra el paro. tengo la duda de que si se va del trabajo a media jornada seguiría cobrando la prestación o el SEPE le suspendería el paro por dejar el trabajo de forma voluntaria y si tendría que avisar en la oficina del SEPE .. Es que no se si al dejar el trabajo aunque sea a tiempo parcial al ser un cese voluntario el SEPE le suspendería el pago de la prestación y dejaría de cobrar el paro y tampoco se si se tiene que notificar el cese en la oficina de desempleo haber si me podéis aclarar las dudas..Un saludo y muchas Gracias ..

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  26. Hola de nuevo..Haber si por favor, alguien pueda responder a mi pregunta...Muchas gracias de nuevo..

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  27. Hola. Tengo 65 años y actualmente tengo concedido un subsidio por desempleo. En la oficina del INEM me habían dicho que después de cumplir 65 años no tendría que sellar la demanda de empleo por no estar en edad laboral. Hace unos días recibí una carta en la que me comunicaban que me suspendían la ayuda precisamente por no sellar. ¿Puedo reclamarlo de alguna manera?¿Hay alguna normativa aplicable a este caso? Gracias por su ayuda.

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    1. Para hacer una reclamación contra una resolución del INEM con la que no estamos de acuerdo te recomiendo la lectura del siguiente artículo donde se explica el procedimiento:

      Reclamaciones contra resoluciones del INEM

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  28. Hola ,espero me puedan ayudar ,mi duda es que yo estoy contratada por 2 empresas a media jornada cada una ,, en una de ellas en agosto hago un año y en la otra llevo 4 meses ,el 6 de agosto se me vence el contrato en las 2 empresas y no voy a renovar ,me gustaria saber si tengo derecho a paro y tambien si para decir que no quiero renovar contrato tengo que avisar con 15 dias de antelacion.muchas gracias..

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  29. Si acumulas cotizaciones suficientes (360 días cotizados a desempleo) y finalizas la relación laboral por causa no voluntaria, es probable que puedas tener derecho a una prestación contributiva por desempleo cuando finalices el trabajo. Si la baja es voluntaria, generalmente no se tiene derecho a prestación ni subsidio, salvo determinados supuestos.

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  30. Buenas tardes, mi marido cobra una prestación por invalidez y yo cotizé desde el año 1972 a 1978. he oido comentar que me podría corresponder un subsidio para mayores de 55 años ( ahora tengo 57 años). Podría informarme al respecto? Muchas gracias

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    1. Los requisitos para tener acceso al subsidio de mayores de 55 años puedes verlos en el siguiente enlace. En tu oficina de empleo correspondiente comprobarán si pudieras tener acceso a dicha ayuda.

      Subsidio mayores de 55 años

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  31. Hola buenas tardes necesito ayuda urgentemente sobre el tema de las penalizaciones por no sellar el paro ,os explico un poco ,,por culpa de mi estupidez y por un despiste se me a pasado el sellar el paro 15 dias ,estoy cobrando la ayuda familiar 426 ,tengo a una niña pequeña a mi cargo y estoy desesperada ,queria saber que va a pasar y si me quitarían los meses que me quedan de la ayuda ,,muchas gracias..una madre desesperada.

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    1. Hola María Jesús

      Olvidarse de sellar la demanda es bastante común y nos puede pasar a cualquiera. Si lo que estas percibiendo, es la ayuda familiar, y es la primera infracción de este tipo que cometes, el SEPE te sancionará con un mes de la prestación, es decir, no cobrarás por el período de un mes desde el día que te correpondía sellar.
      Si el subsidio es tu único sustento económico en estos momentos, entiendo tu desesperación. Espero de corazón que tu situación mejore y sobre todo ten cuidado y toma las medidas para que no se te vuelva a pasar la renovación de la demanda.
      Si te han dado la demanda de baja, deberás volver a hacerte una tarjeta nueva para poder seguir cobrando el subsidio una vez terminada la sanción.

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  32. si a mi marido nunca le pago el sepe los salarios de tramitacion (ya que al quedarse en el paro le dieron un subsidio por haber trabajado dado de alta los ultimos cinco meses)mi marido estaba como falso autonomo que quedo demostrado en juicio y pudo cobrar el paro y de ahi al regularle el sepe desconto los meses de subsidio previamente abonados..como digo jamas cobro salarios de tramitacion,¿ entonces cuando los cobre de fogasa tambien deve devolverlos?

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  33. !hola,buenos dias¡Soy la del comentario anterior...no se si me explique mal..en mi cao cobre´los salarios de tramitacion(periodo desde que quedas en el paro hasta la sentencia)entonces obviamente al cobrarlos de fogasa devuelves el 70%que es lo que cobras del paro y te quedas el 30%restante .Mi duda la genera el que mi marido al quedarse en el paro cobro solo el subsidio hasta que al llegar la sentencia favorable y cobrar el paro de ahi se le desconto el subsisio cobrado indebidamente.Entonces:¿ si jamas los cobro los salarios de tramitacion deberia devolverlos al cobrarlos de fogasa?

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  34. Buenos días,
    Soy uno de los que en menos de un año me han sancionado dos veces por olvido de no sellar. Actualmente tengo la sanción de tres meses y estoy a la espera de un trabajo temporal de 1 mes. Mi pregunta es: Cuando termine ese contrato de un mes mas o menos volveré a seguir con la sanción? muchas gracias por todo.

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    1. La sanción supone 3 meses de prestación sin cobrar independientemente de que trabajes, la prestación, y por lo tanto la suspensión, se suspenden durante el tiempo que estés trabajando y ambas se reanudarán cuando termines el contrato.

      Un saludo

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    2. donde dije la suspensión quería decir la sanción...

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  35. Estaba cobrando la ayuda por cotización insuficiente y encontré un trabajo, llevo 14 días trabajando y me dicen de palabra que estoy dada de alta en la ss. De hecho he avisado al inem para paralizar la ayuda.No me han entregado todavía ningún contrato (dicen que se está tramitando) y parece que no están contentos con mi trabajo, pero no me quieren despedir, de hecho me han dicho un par de veces que vuelva si yo quiero, si no no. Yo no quiero renunciar al trabajo porque perdería el derecho a reanudar la ayuda ( aunque no haya firmado el contrato, ya me han dado de alta,) pero temo que no me vayan a facilitar ni el contrato ni un certificado de empresa conforme ellos me despiden. Como puedo asegurarme de que estoy dada de alta?? A la empresa le repercute en algo despedirme y entregarme un certificado de empresa?? Visto lo visto no me interesa mucho seguir. Qué podría hacer??

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    1. Actualmente, la mayoría de las altas en Seguridad Social, son comunicadas al interesado/a mediante un mensaje SMS siempre y cuando la administración disponga de este dato.
      Puedes acudir tambien a las oficinas de Seguridad Social para consultarlo o a través de internet si tienes certificado digital o si has pedido las claves a través del servicio consulta alta.
      En el teléfono de la oficina virtual del SEPE, 901119999 también es probable que puedas consultar tu situación, llamando en horario de oficina.

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  36. Hola soy vicente, e terminado de cobrar la renta activa de insercion, tengo 55 años, soltero, sin carga familiar. Mi pregunta es: Puedo entrar en la prestacion de mayores de 55 años. (Gracias) Tengo cotizados en la SS 26 años de los cuales en los ultimos 6 años tengo mas de 3.

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    1. Desde la Renta Activa de Inserción, no se puede acceder directamente al Subsidio de Mayores de 55 años. Sería necesario trabajar previamente un período mínimo de 3 meses finalizando la relación laboral por causa no voluntaria así como, lógicamente, cumplir el resto de requisitos para solicitar esa ayuda en el momento de la solicitud.

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  37. estimados amigos mi pregunta no la he visto por aqui, y quizas interese, estoy cobrando la prestacion de mayores de 55 años, bueno yo en realidad la de los 52, ya que fue antes de la nueva ley que lo elevaba a los 55, tengo un local y lo quiero alquilar , me dan 400 euros , la pregunta es obvia, me quitaran la prestacion por cobrar un arrendamiento de 400 euros, vivo solo y no tengo nadie a mi cargo, os lo agradeceria enormemente, porque la verdad es que estoy preocupado, si con 426 no tengo ni pa comer imaginaros con 400, gracias, espero que mi pregunta interese

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    1. Si la suma de tus rentas brutas mensuales supera el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (483,98 € para 2014), perderías el derecho a percibir el subisidio

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  38. Hola, termino pronto un contrato a tiempo completo,que me dara derecho ala prestacion por desempleo, pero he tenido durante un mes un contrato en otra empresa al mismo tiempo que este de tiempo completo a tiempo parcial durante un mes el cual se ha acabado ya, cuando pida el subsidio por agotamiento de la prestacion sera subsidio a tiempo completo, gracias

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    1. Para el cálculo de la parcialidad de la prestación contributiva, se realiza una media ponderada de los últimos 180 días de la forma que se explica en el siguiente artículo:

      Cálculo parcialidad en la prestación contributiva

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  39. gracias,pero no me explique bien me referia a si una vez agotada la prestacion por desempleo el posterior subsidio seria completo, pues el ultimo contrato es de tiempo completo, pero he tenido uno a tiempo paercial compaginando con tiempo completo, pero este de tiempo parcial se termino y sigo con el completo. gracias

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    1. El subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, toma la parcialidad del último contrato que dió acceso a la prestación contributiva

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  40. Buenas tardes , tengo una prestacion contributiva a tiempo completo , la he parado porque he trabajado 15 dia s a tiempo parcial , la he reanudado la prestacion que tenia, mi pregunta es si cuando valla ha echar la ayuda familiar cobrare 426 o un porcentaje por haber trabajado a tiempo parcial esos 15 dias

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  41. Buenas noches, voy a pedir el RAI y tengo una duda, el año pasado heredé un piso de mis padres. Sé que el interés legal del dinero para este año es del 3,5% y desearía saber, si debo aplicarlo al valor catastral o al valor que se puso en la partición de herencia?

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  42. Hola buenas tardes tengo una duda en febrero cumplo 54 y en marzo se me agota el paro solicitare la ayuda para mayores de 45 a los 55 podre solicita la ayuda para mayores de 55 si no encuentro trabajo pues tengo entendido que no. muchas gracias.

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    1. Desde la Renta Activa de Inserción no se puede acceder al Subsidio de Mayores de 55 años directamente. Es necesario trabajar un período mínimo previo para poder acceder a dicha ayuda

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  43. Gracias por la respuesta y perdona por volver a pregunta no se podria hace de otra forma por ejemplo renunciando a la ayuda de lo 45 año. Mancha gracias.

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    1. Aunque renuncies a la RAI el problema radica en que no tienes vía de acceso, es decir, no agotas subsidio o prestación con la edad cumplida. Necesitarías trabajar un mínimo de 3 meses y finalizar la relación laboral de forma no voluntaria

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  44. Hola buenas, me llevado una sorpresa cuando hoy e ido al inem a pedir la ayuda por insuficiencia de cotizacion. Vengo de estar 180 dias en una empresa y aparte un dia suelto posteriormente en otra empresa. Ah y en certificado de empresa pone que dias cotizados 180 dias. Mi sorpresa ha sido cuando el chico del inem me ha dicho que no llego a los dias que piden (180 dias) que le salian en pantalla solo 174 dias cotizados, como es posible si en certificado de empresa pone 180 dias. gracias

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    1. Está claro que debe haber algún tipo de error en el certificado o en seguridad social con los días cotizados pues es raro que no coincidan. Para el SEPE, lógicamente, el dato válido es el que figura en Seguridad Social.

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    2. Está claro que debe haber algún tipo de error en el certificado o en seguridad social con los días cotizados pues es raro que no coincidan. Para el SEPE, lógicamente, el dato válido es el que figura en Seguridad Social.

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  45. Hola buenas a todos! Mi pregunta es esta: solicite la prestacion por desempleo durante 4 meses y a los 2 de cobrarlo lo paralice por empezar a trabajar a jornada completa. A los 6 meses quedo desempleada. Puedo reactivar mis 2 meses de paro que me quedaban y luego solicitar el subsidio de los 6 meses del ultimo contrato??? Gracias.

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  46. Hola.Mi pregunta es. he estado trabajando con un contrato parcial de dos horas un mes y medio y tenia solicitada la ayueda familiar me han pagado la parte proporcional.Hasta ahí todo bien ahora mi empresa me dice un dia antes que al dia siguiente terminaba,yo le dije que entoces terminaba en ese momento.Cuando me den el certificado de empresa y firme todo puedo solicitar otra vez la prestación integra como antes?Muchas gracias.

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    1. No entiendo bien donde dices... "yo le dije que entonces terminaba en ese momento"

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  47. A lo mejor no me he explicado bien quiero decir con eso que no espere al dia siguiente a terminar de trabajar en el momento que me comunican que al dia siguiente termino en la empresa, yo le digo a la empresa que me voy en ese momento y me dicen vale te preparamos los papeles.A ver si ahora se lo he aclarado un poco

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  48. Buenas, por favor soy quien pregunto si podia reactivar los 2 meses de paro que me quedan y luego solicitar el subsidio de mi ultimo contrato. Gracias.

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  49. Buenos días, he estado trabajando durante un año y al finalizar el contrato empecé a cobrar el paro. Mi pregunta es: cuando termine de cobrar los 120 días del paro, puedo solicitar la ayuda por agotamiento de la prestación contributiva? En casa somos 4. Dos menores, mi marido (que cobra 900€- 1000 €) y yo. POr un lado leí que para cobrar los 24 meses de subsidio debía haber cobrado el paro durante 6 meses, y yo solo lo cobraré por 4 meses. Asi que, no tengo derecho a los 24 meses? Muchas gracias!

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    1. Si cumples los requisitos te correspondería un subsidio por agotamiento de la contributiva de 18 meses, si eres menor de 45 o de 24 meses si eres mayor de dicha edad.
      El cuanto al límite de rentas, para tener derecho al subsidio, la suma del total de rentas de la unidad familiar dividido por el número de miembros no debe superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (486,45 €). Se tienen en cuenta las rentas brutas.

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  50. buenas tardes, he solicitado la prestacion de renta activa de insercion ya que cumplo todos los requisitos pero me han comunicado que la han desestimado ya que tube una infracion grave en 1995 y me extinguieron el paro que estaba cobrando en aquel entonces, posteriormente a esto, estuve cotizando 15 años seguidos en autonomos
    tenia entendido que las faltas graves prescribian a los 5 años, pero despues de 15 años parece que estan vigentes, me podrian orientar que debo hacer

    saludos

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    1. Vaya... siento que te hayan denegado la ayuda. Ante la denegación puedes realizar una reclamación previa alegando los motivos por los que no estás de acuerdo con esa resolución. Posteriormente, si desestiman tu reclamación, tienes derecho a presentar un recurso ante la jurisdicción social.

      Con la información que aportas, creo que la denegación puede deberse a que con la última reforma de las prestaciones, para poder solicitar una RAI, es necesario haber agotado alguna prestación. Como debido a la infracción cometida te extinguieron la presta

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    2. prestación, supongo que el SEPE ha considerado que no has agotado prestación. Esto son suposiciones, por lo que deberás consultar en la oficina los motivos de la denegación y en caso de no estar de acuerdo plantear la reclamación en base a tus alegaciones.

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    3. ok gracias, pero mi pregunta es si no prescriben las infraciones de faltas graves despues de 15 años?

      saludos

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    4. Las infracciones si que tienen plazo de prescripción, pero el problema como te he dicho (no estoy seguro porque no manejo toda la información) pudiera estar en que esa extinción de la prestación tuviera el mismo efecto de que no hubiera existido, y si esa es la única prestación que has percibido en el pasado entonces, pudiera ser que no cumplas los requsitos de acceso a la RAI tras la reforma. Todo esto son puras suposiciones pues realmente quien debe comunicarte los motivos de la denegación es la oficina del SEPE, y en base a los cuales debes plantear tu reclamación

      Un saludo

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  51. Buenas, por favor necesito que me contesten!!! En agosto solicite el paro y a los 2 meses encontre trabajo y lo paralice. Ahora termina mi contrato en abril. Queria saber si cuando termine el contrato puedo acticar de nuevo los 2 meses que aun me queda de paro y luego solicitar el subsidio por este ultimo contrato que son 6 meses o me haran elegir entre mis 2 meses de paro que me quedaban o solicitar el subsidio??!?. Gracias.

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  52. Buenas,

    Hoy 05/03/2015 he recibido el alta la empresa con fecha 03/03/2015 a media jornada y por precaución sellé el paro el día 04/03/2014 ya que estaba cobrando la ayuda familiar, subsidio sino me equivoco.Mis dudas son: ¿Pasa algo que haya sellado el paro esa estando ya de alta? y sobre la ayuda ¿es necesario que se lo comunique al INEM?

    Gracias!

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  53. hola quisiera hacer una consulta a ver si me podwis ayudar.
    tengo acumuladas en los 6 años anteriores 395 jornadas entre regimen general y regimen agrario. y me han denegado el subcidio por desempleo dos veces y me ponen en la resolucion que no tengo 360 dias que son los necesarios. cuando con mis certificados de empresa si los tengo y cuando estube en INEN para que me aclararan por que me lo denegaban me dicen lo mismo que no tengo los dias pero no me dicen cuantos me salen ni cuantos me faltan ni si hay error en algun documento no me lo dicen. Tengo entendido que en 2012 entro en vigor una ley que puedes juntar los regimes pues no entiendo porque me lo deniegan. gracias por atenderme

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  54. Hola buenos días, llevo tres meses sin cobra nada ya que he agotado las ayudas que me correspondía pues tampoco tengo cagas familiares en setiembre cumplo 55 año he ido al inen a infórmame para la ayuda de mayores de 55 y me dicen que debo cotizar tres mese. Mi pregunta es el año pasado cotice 55 días me sirven estos días cotizado para completar los 90 días o tengo que cotizar los tres meses seguidos. Muchas gracias por vuestra respuesta.

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    1. Si esos 55 días cotizados no fureron empleados para otra prestación probablemente puedan servir como parte de esos 3 meses cotizados para poder acceder al subsidio. Además necesitarás una situación legal de desempleo que te pueda dar acceso al subsidio.

      Un saludo

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  55. Perdona otra ver los 55 días los coticen cuando todavía me quedaba paro luego reanude el paro que me quedaba a no ser que lo utilizaran el la ayudad que me concedieron de 6 meces para mayores de 45 lo que no entiendo es lo de la situación legal de desempleo que te pueda dar acceso al subsidio, quiere decir que tengo que esta trabajando o dado de ata al cumplir los 55 años. Manchas gracias.

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  56. Fundamentalmente sería que, cumplidos todos los requisitos para la ayuda, finalizaras una relación laboral por causa no voluntaria, aunque puede haber mas situaciones. Te dejo un enlace donde se explica:

    Situación legal de desempleo

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  57. Hola.He cumplido hace 2 semanas los 45 años y quería pedir la RAI. Tengo una duda respecto a un requisito concreto:”Llevar un año ininterrumpido apuntado como demandante de empleo.Si se ha trabajado 90 o más días en los 365 anteriores a la fecha de solicitud se considera interrumpido.”
    En los últimos 365 días he tenido un contrato de tres meses( 92 dias concretamente) pero a tiempo parcial(4 horas diarias),es decir, en realidad he cotizado 46 días en el último año.
    Mi pregunta es:¿ el requisito se acoge a dias trabajados o se tiene en cuenta los dias cotizados? ¿ podría solicitar la RAI? .Gracias.

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  58. Hola! tengo nomina 170 euro i resto negro tengo derecho para paro ?

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  59. Hola mi marido tuvo que devolver al paro un cobro indebido de 7000e, pediomos que nos lo fracionaran y aceptaron, al cabo de unas semanas lo pudimos pagar integramente quedando todo saldado. y ahora a los 3 años me han descontado 300€ de la cuenta con motivo de intereses por haberlo pedido fraccionado. Hemos reclamado puesto que el pago lo hicimos integramente y nos ha venido ESTIMADA, o se que nos devuelbem los 300e. Mi pregunta es: Cual es el plazo que tienen la S.S para devolver la estimacion?'. Han pasado tres semanas y todavia no nos han devuelto nada.

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    1. Me alegro de que vuestra reclamación fuera estimada. Siento no poder ayudarte con el tema del plazo pues desconozco si existe plazo para esa devolución. Quizá lo mejor sea que preguntes directamente en la Dirección Provincial del SEPE en la sección de cobros indebidos

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  60. Hola soy un parado de larga duración tengo 53 años no e agotado ni el prodi ni prepara pero si el primeros 11 meses de la rai, porque tengo que esperar un año asta poder solicitar la próxima rai cuando me quedo sin protección, podía pedir entremedia alguna de las que no e agotado?

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  61. Hol, en junio de 2014 fui despedida improcedentemente y me indemnizaron con 24000€. Se han vuelto a poner en contacto conmigo y me quieren contratar por sustitución de maternidad. ¿Qué repercusiones puedo tener fiscalmente?
    Gracias

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  62. Hola,en junio de 2014 fui despedida improcedentemente y me indemnizaron con 24000€. Se han vuelto a poner en contacto conmigo y me quieren contratar por sustitución de maternidad. ¿Qué repercusiones puedo tener fiscalmente?
    Gracias

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  63. Hola buenos días,

    Todavía no me ha llegado la carta a casa sobre la aprobación de mi solicitud de prestación contributiva, pero en la web sí que está aprobada. Según está escrito ahí tengo 533 días cotizados (no lo sabía porque la mayor parte vienen de trabajar fuera de España, por lo que no sabía cuánto había acumulado ni me lo pudieron decir en mi oficina de empleo...) Bueno, el caso es que consultando la web ahora mismo del SEPE he leído que a partir de 539 días cotizados me corresponderían 6 meses de paro y no cuatro. Si trabajase una semana más antes de cobrar paro, me darían los seis meses o ya lo perdería? El caso es que por seis días menos del límite solo cobraría 4 meses

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    1. Hola

      Lo que trabajes a partir de la aprobación de la prestación, se acumula para una posible nueva prestación o ayuda en el futuro. Esos 4 meses no creo que puedan ser revisables

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  64. Hola,

    El SEPE me reclama la totalidad del pago único, 10700E, que solicité hace 2 años. Ellos alegan que sólo están debidamente justificadas facturas por importe de 6.000E. Nunca cobré el 40%restante para pagar autónomos como solicité.Yo he alegado que sigo trabajando como autónomo, que nunca me he dado de baja y me la han desestimado. Qué Puedo hacer? Obviamente no tengo ese dinero, y esto me llevaría a la ruina. Gracias

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    1. Hola

      Siento la situación en la que te encuentras... Al ser un tema tan delicado y personal y con los datos que me aportas creo que lo ideal sería que buscaras asesoría profesional o algún abogado que te pudieran ayudar con el tema.

      Un saludo y que tengas suerte

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  65. Hola soy extranjero y quiero preguntar cuantos dias me faltan para puedo echar paro para 6 meses? Gracias

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    1. El subsidio por desempleo se creó, en un principio, para proporcionar un sustento durante las épocas de desempleo y con la condición de la búsqueda activa de empleo, para que se entienda un poco mejor... el objetivo del subsidio es encontrar un empleo y no el objetivo de trabajar es cobrar un subsidio

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  66. Hola!! Llevo desde el mes pasado en el paro. Tengo 1 año acumulado. He estado trabajando los 3 últimos años en una Escuela de Negocios. mi duda viene porque me han enviado una oferta de trabajo para trabajar como Comercial en una Inmobiliaria. Ahora mismo estoy inmerso en varios procesos de selección en Escuelas de Negocios.
    Quiero saber si es obligatorio que acepte el trabajo aunque no tiene nada que ver con lo que he estado trabajando ultimamente.

    gracias de antemano.

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  67. Buenos dias. Tengo 60 años, en el pasao cotice 11 años y 6 meses. Despues nada, ahora he trabajado duranre 11 meses media jornada mas 9 meses jornada completa. Tras el paro que creo sera de 4 meses ¿correcto? ¿tengo derecho a algun subsidio?.
    Gracias

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    1. Es muy probable que puedes acceder a algún tipo de ayuda al término de tu prestación contributiva. En la oficina de empleo estudiarán tu situación particular y te concederán la ayuda que te corresponda si tienes derecho tras realizar la correspondiente solicitud

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  68. Hola,dentro de pócos dias tendré que solicitar el 2º turno del RAI,mi pregunta es que al estar empadronado en el domicilio familiar y vivir con mi padre que es pensionista(1000euros aprox),queria saber si puede haber algún inconveniente para poder cobrar esta ayuda ya que no tengo cargas familiares ni recibo ningun tipo de ayuda economica,aunque mi padre me esta manteniendo.Todo el mundo me dice que no me lo concederán por estar viviendo y empadronado con mi padre.La primera vez se me concedió,vivia en un piso compartido.Puede influir esta nueva situación?Gracias.

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    1. Para el cálculo de rentas de la unidad familiar en la RAI, únicamente se tienen en cuenta a el/la cónyuge e hijos menores de 26 años.

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    2. Gracias por su respuesta,me sacó de dudas.

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  69. Hola buenas tardes. Tengo una duda,es referente a lo que se cobra en total de la paternidad. Si se supone que se hace un cálculo para ver cuanto te sale a cobrar, eso significa que los 13 días que tienes de paternidad no cobras nada ¿no? ¿es cómo un permiso de descanso que te dan pero sin cobrar esos 13 días? Por un suponer, si la base de cotización fuese de 1700€ , al final sale a cobra unos 700€. ¿Eso puede ser así? ¿eso es lo que cobraría todo el mes?

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    1. Pues no sé quien te ha dado esa información.... Si estás trabajando, que yo sepa, durante el permiso de paternidad se percibe el 100% de la base reguladora.

      Danos un me gusta para que las consultas lleguen a mucha gente. Gracias!!

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  70. BUENAS , YO TENGO LA SIGUIENTE DUDA TENGO 4 meses de paro que por unos días no llego a 6 meses aun no he ido a solicitar la prestación iré el viernes,
    xo me han ofrecido un contrato de 8 horas por un mes, entonces si yo pido la prestación y luego al final decido coger ese empleo . lo que no se es si ese mes se me sumaria a lo anterior , es decir cobraría 6 meses de paro o cuenta de cero
    es lo que quisiera saber gracias

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    1. Si la solicitas antes de ese empleo, te corresponderán los 4 meses y se suspenderá mientras trabajes. Si la solicitas, despues de trabajar ese mes, acumularías ese mes a las cotizaciones anteriores y de ese modo podrías tener derecho a mas período. Una vez que se solicita las cotizaciones se consumen.

      Si te ha sido útil, por favor dale un "me gusta"

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  71. Hola buena tardes me llamo Jose y tengo una duda estoy parado tengo 54 año no tengo cargas familiares he estado cobrando primero el paro y des pues me concedieron seis mese de ayuda 426 euros acabado los seis mese en Noviembre me han concedido otro onces meses de ayuda para mayores de 45 mi duda es cuando cumpla los 55 años que los cumplo en febrero me pasan a la ayuda de mayores de 55 o sigo con la de 45 es por las cotizaciones que con mi edad me interesa seguí cotizando. gracias por la repuesta y un saludo.

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    1. Hola Jose, Buenas Tardes

      Desde la Renta Activa de Inserción no se puede acceder directamente al subsidio de mayores de 55 años. Se necesitaría el haber agotado una prestación por desempleo o subsidio obtenido por haber trabajado.
      En tu caso, necesitarías trabajar un mínimo de 3 meses (aunque cuanto mas mejor obviamente) y preferiblemente a tiempo completo (para cobra el subsidio íntegro) y finalizar la relación laboral por causa no voluntaria.

      Si te ha sido útil...puedes darnos un "me gusta"

      Un saludo

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  72. Hola y gracia por la repuesta y perdon por bolbe a pregunta durante este tiempo he cotizado 85 días, si me sale agun contrato y cotizo los dias que me fatan asta los 90 dias o mas y me quedo parado que tendria que solicita la ayuda que estoy cobrando para mayores de 45 o la de 55 año gracia otra ver.

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    1. Si estás percibiendo la RAI y acumulas un período cotizado superior a 180 días, con situación legal de desempleo, tendrías derecho a un subsidio por cotización insuficiente, tras el cual, con la edad cumplida, y adecuándote al resto de requisitos, podrías tener acceso entonces al subsidio de mayores de 55 años.

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      Saludos

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  73. Hola, incumplí la obligación de sellar en fecha por estar al cuidado de 2 personas mayores convalecientes que tenían que realizarse pruebas médicas, seguir un tratamiento y acudir a distintas consultas. Yo no daba para más..
    Me di de alta 15 días después de la fecha en que tenía que haber sellado el paro (me dieron de baja al no sellar) pero fue antes de recibir la notificación de suspensión de prestación por desempleo (era consciente del retraso pero las circunstancias personales me lo impedían).
    Conseguir todos los justificantes de ese período para alegar en contra de la sanción va a ser bastante engorroso ¿es suficiente justificar la imposibilidad el día en que debía haber sellado?
    Leí en una noticia que el Tribunal Constitucional en sentencia publicada en el BOE el 23 de mayo de 2013, ha anulado el procedimiento de sanciones a los parados por parte del SEPE por invadir competencias de las comunidades autónomas ¿Podría alegar esta causa y sentencia del TC para que se desestime el proceso sancionador? No he encontrado desarrollado este tema. Podrían darme alguna indicación?
    Muchas gracias. Un saludo,

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    1. Vaya... con todo lo que tenías encima no es de extrañar que se te pasara el sellado. Desconozco esa sentencia del TC, pero perfectamente podrías alegar esa circunstancia como cualquier otra que consideres justificativa de tu imposibilidad de realizar el sellado de la demanda. Contra la comunicación de apertura de expediente sancionador puedes realizar un escrito de alegaciones. Una vez recibida la resolución de sanción, deberás presentar un escrito de reclamación previa que debe ser registrado por el propio SEPE preferiblemente. Si el Servicio Público de Empleo desestima tu reclamación, empezará a correr el plazo para interponer una demanda ante la jurisdicción social

      Un saludo y suerte

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  74. Buenos días,

    el pasado mes de enero quedé en situación de desempleo y ya recibí la resolución donde figura que tengo derecho a 24 meses de paro. Ya he recibido el cobro del primer mes y estoy pensando en darme de alta como autónomo. Con la introducción de la nueva ley de septiembre del 2015 de las opciones que se plantean, la que más me interesaría sería la de compatibilizar el cobro de la prestación los primeros 9 meses desde el alta de autónomo. Lo que no tengo claro es que pasa con el derecho de los meses de paro que me quedarían pendientes (unos 14 meses). He acudido a la oficina del INEM en dos ocasiones para que me lo intentaran aclarar pero en cada ocasión me han dicho una cosa:
    - La primera vez me indicaron que si me acogía a compatibilizar la prestación, lo haría a cambio de perder los 14 meses restantes, es decir, si me diera de baja como autónomo no tendría derecho al cobro de prestación.
    - La segunda ocasión me indicaron que si me acogía a compatibilizar la prestación, no perdería los 14 meses restantes, pero para poder acogerme a ellos, tendría que trabajar un mínimo de 6 meses por cuenta ajena una vez que me diera de baja como autónomo.

    Las cuestiones que se me plantean son: ¿alguna de las opciones es correcta?¿existe alguna forma de realizar una consulta vinculante al INEM?

    Muchas gracias y un saludo,

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  75. Hola

    Quiero preguntar que si no me apunto al paro cuando me quedo sin trabajo , porque empezare a trabajar en otro sitio dentro de una semana desde cuando se me acaba el contrato en el trabajo actual, se acumulan los meses de paro del trabajo antiguo con los meses del proximo trabajo?
    muchas gracia
    un saludo

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  76. Hola, después de 14 años de trabajo,fui despedido a causa de un ERE y se me concedió un paro de 2 años,dicho paro lo paralicé al 2 día y me fui a trabajar a Arabia Saudita, contratado con una empresa española y cotizando en España, es posible que si estoy más de 1 año pueda perder el paro que paralicé anteriormente o se me respetaría? Saludos

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  77. Hola,
    Me concedieron el paro por 2 años, he cobrado 7 meses y encontré trabajo y llevo 7 meses trabajando, ahora me dan 3 meses más, y así sucesivamente. Mi pregunta es hasta cuando puedo tener el paro retenido? Si pasa un año o más desde que lo retuve lo perderé?. Gracias por vuestra atención Saludos

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    1. Hasta que generes un nuevo derecho a paro. En tal caso, si vuelves a una situación legal de desempleo deberás optar por uno de los dos derechos perdiendo el otro. Mírate este post donde se explica con detalle:
      Derecho de opción

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  78. Hola. Me despidieron de la empresa en que trabajaba a raíz de varios inspecciones de trabajo. La inspección de trabajo hace el acta de liquidación/sanción a la empresa y procede a darme de alta/baja de oficio. La empresa desaparece y también, estaba insolvente. Intento el acto de conciliación:intentado sin efecto. Voy a pedir la prestación por desempleo, dejando los papeles de la inspección de trabajo + el acta de conciliación intentado sin efecto, y me conceden la prestación. Ahora, por motivos familiares y, a sabiendas de que la empresa esta ya desaparecida (han salido a China), no quiero seguir con la demanda, a sabiendas de q no voy ha recibir nada. Mi pregunta es: como me afecta el no presentar la demanda, al cobro del paro? Agradezco la respuesta.

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  79. Hola hace tres mes que estoy trabajando en la construcción la empresa me ha mandado a 60 kilómetro de casa y nos ha dado una furgoneta para ir y sin decir nada nos ha descontado unos 100 euro de la nomina de gasto de la fugoneta como gasolina puedo denuncia a la empresa gracias

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    1. Hola

      Pues lógicamente, son gastos de locomoción que si no hay pacto contrario, debe abonar la empresa como dietas. Siempre es preferible intentar solucionar el problema amistosamente pero sería perfectamente una situación denunciable.

      Un saludo

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  80. Hola yo vivo con mi hija y no estoy casada. Estamos empadronadas en un sitio diferente del padre. A la hora de contar la unidad familiar para solicitar la Rai,pedirán los ingresos de los tres aunque no estemos viviendo juntos? o solo los
    míos y los de mi hija al no estar con el padre.
    Agradecería me pudieran ayudar

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  81. Hola! Tengo una duda , ahora estoy trabajando para burger king y entre el burger y trabajos de atras llevare dos o tres años acumulados sin haber pedido el paro, conclusion que si me despidieran tendría paro, pero me han ofrecido de autonomo y claro mi miedo es, si me paso a autonomo... Cuando deje el autonomo puedo cobrar paro conforme a lo que tengo antes de ser autonomo? O ya tendria que volver a trabajar para pedirlo? Graciass!

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  82. Hola,estuve cobrando paro y a continuación ayuda, yo cada plazo de cobro iba a la oficina del Inem para renovar el plazo y en el ultimo plazo pregunte a la administriva si me correspondía seguir cobrando para seguir solicitandolo, y ella me contestó que enviara la solicitud que valorarían si me pertenecía, y me la concederían o me denegarían, que no me preocupara de nada, y así lo hice. un año después de recibir esa prestación recibí una carta que estaba cobrando indebidamente esa prestación y tuve que devolver el dinero y lo hice fraccionado, al dia de hoy no debo nada al SEPE. Tengo 57 años y LLevo 0cho años parada, he solicitado la prestación de renta activa de inserción y se me ha denegado por la sanción impuesta de cobros indebidos. mi pregunta es, porque no tengo derecho si he pagado mi deuda? soy española, estoy libre de cargos y en paro desde hace mas de ocho años y mayor de 55 años con una renta de mi marido de 1000 euros y con un hijo de 18 años que no trabaja, esta estudiando. agradeceria su ayuda. gracias

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    1. Hola

      Siento mucho tu situación. Puedes presentar una reclamación previa contra la resolución de denegación de la ayuda alegando las circunstancias que expones en este post. En caso de denegación, podrías acudir a la jurisdicción contencioso-administrativo

      Un saludo

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  83. Hola quisiera hace una pregunta a ver si me pueden contesta estoy cobrando el paro se me acaba ahora el 4 de diciembre según me han contado debo esta un mes esperando sin cobra para solicita la ayuda de mayores de 55 año mi pregunta es si durante el mes de espera me sale un trabajo de meno de 180 día podre solicitar la ayuda de mayores de 55 años gracia un abraso.

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  84. Gracias por vuestro trabajo.
    Me han despedido hace diez días, estoy apuntado al paro pero no he solicitado la prestación que me corresponde aun.
    He encontrado un nuevo trabajo.
    mi pregunta es:
    Este nuevo trabajo suma los días a los del trabajo anterior a efectos de posible futura prestación, o tendre que elegir entre uno de los dos periodos.

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  85. Las cotizaciones, si por el medio no solicitas prestación se acumulan para una posible prestación futura.

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  86. Buenas, estaba trabajando 12 horas al mes y cobrando la parte proporcional del subsidio por desempleo. Al despedirme, mi sorpresa ha sido que me han dicho que dejo de cobrar el subsidio y que paso a cobrar el paro por haber trabajado 13 meses (12 horas al mes).
    Creo que me corresponde una cuantía de 117€ durante 4 meses. Pasado este tiempo ¿podré seguir cobrando el subsidio que estaba cobrando de 426€? Tengo 46 años y 2 hijos menores a mi cargo. Antes de que me despidieran el otro día, me quedaban 10 meses de subsidio. O ¿se podría pedir otra ayuda? Muchas gracias por su tiempo.
    LL

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    1. La prestación contributiva tiene prioridad sobre los subsidios, de ahí que te extingan el subsidio para reconocerte la nueva prestación contributiva. Al término de la prestación contributiva, si reúnes los requisitos, podrías tener acceso a un nuevo subsidio por agotamiento de la prestación contributiva con responsabilidades familiares

      Un saludo

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  87. Hola
    Ayer llamé al soib para darme de baja ya que estaba cobrando el paro y empezaba hoy a trabajar me llamo ayer mi encargada diciendo q mi incorporación se va a demorar unos días, mi pregunta es me darán de baja Automáticamente o esperan a la confirmación de la empresa. He intentado volver a llamar hoy pero al ser jueves santo esta cerrado..gracias

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  88. Hola buenos días en marzo de este año se me agoto el paro y me dieron la ayuda de mayores de 55 pues yo tengo 57 años. Según mis cálculos al cumplir los 61 años tendré cotizado 32 años y 7 meses teniendo en cuenta que el tiempo que estoy con esta ayuda me cuenta como tiempo cotizado. Según vengo leyendo sobre este asunto son necesario 33 años para que te jubile si al cumplir los 61 año no tengo los 33 años cotizado me darán de baja o seguiré cobrando la ayuda asta tener los 33 años cotizados. Muchas gracias por vuestro tiempo un saludo

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  89. Hola buenas, escribo para que me aclaren una duda, yo estaba cobrando hace meses cuando llegue aqui a España el subsidio de emigrante retornado, a los meses conseguí un empleo, pero me despidieron y llevaba solo 2 meses ahí, fue un despido injusto por parte de la empresa, xq yo soy muy responsable y realizaba mi trabajo muy bien, la cuestion fue que me lesioné la espalda y me dijeron que no querían mas bajas medicas e la empresa, yo ni una he tenido, pero bueno no es el caso..., a lo que quería preguntar es si puedo cobrar el paro o alguna ayuda? he leído y no se si sea cierto que pueden contar las cotizaciones cuando estuve cobrando el subsidio de emigrante retornado, ayudenme xq quedé desempleada y no me lo esperaba =/porfa

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