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Subsidio para mayores de 55 años (Con las modificaciones de la última reforma)

- Con la nueva reforma, se deberá cumplir el requisito de carencia de rentas de la unidad familiar 

- Permite la suscripción del convenio especial con la Seguridad Social con el objeto de complementar la base de cotización.



El subsidio para mayores de 55 años es una prestación por desempleo de carácter contributivo y se cobra hasta la edad legal de jubilación.


REQUISITOS

  • Tener 55 años cumplidos en el momento de la solicitud
  • Cumplir todos los requisitos (excepto lógicamente el de la edad) para poder cobrar la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social, es decir:     
  1. tener cotizados como mínimo 15 años (2 de estos 15 años deber estar incluidos entre los 6 precedentes a la solicitud)
  2. Además, dentro del período total cotizado, se exigen 6 años de cotización a desempleo.
  • Carencia de rentas de la Unidad Familiar: NOVEDAD R.D. 5/2013 de 15 de marzo:  Aunque el solicitante carezca de rentas, la suma de rentas de todos los integrantes de la unidad familiar (cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con una minusvalía del 33% o mayor), incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la compone, no puede superar el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de 2 pagas extraordinarias. (requisito de carencia de rentas de la unidad familiar)
  • Estar inscrito como demandante en los servicios autonómicos y suscribir el compromiso de actividad (estar disponible para trabajar).


  •  Tener la vía de acceso al subsidio, que puede ser una de éstas:

    1. Agotar una prestación contributiva por desempleo
    2. Haber agotado un subsidio por desempleo
    3. Perder un trabajo de forma involuntaria y no tener derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo
    4. Salir de prisión despues de haber estado 6 meses o más y no tener derecho a la prestación contributiva
    5. Ser un emigrante retornado sin derecho a prestación por desempleo
    6. Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez absoluta o total para la profesión habitual.
    7. Estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización (12 meses), siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses.

    • Las siguientes situaciones no dan derecho a cobrar el subsidio para mayores de 55:
    1. Los trabajadores fijos discontinuos no tienen derecho a percibirlo mientras permanezcan como tales
    2. Los que agoten una prestación o subsidio para eventuales agrarios no pueden acceder por esta vía al subsidio aunque cumplan las condiciones generales.

    La prestación contributiva tiene prioridad sobre el subsidio para mayores de 52 años y no se podrá solicitar este hasta agotar la prestación, por lo que si durante la percepción del subsidio se trabaja generando derecho a una prestación contributiva se deberá cobrar ésta antes de volver al subisidio.

    El subsidio de mayores de 55 tiene preferencia sobre el resto de los subsidios por desempleo, en caso de tener derecho en el momento de solicitud a varios.


    DURACION Y CUANTIA 


    La cuantía del subsidio mensual es del 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Para 2013 se mantiene en 426 euros mensuales.


    Subsidio parcial: (reforma)

    Al igual que en el resto de los subsidios, con la nueva reforma es posible cobrar el subsidio parcialmente cuando se accede al mismo a través de la pérdida de un trabajo a tiempo parcial.

    De la misma forma si la situación legal de desempleo estaba parcializada, el subsidio también se cobra de forma parcial, es decir, si por ejemplo se accede al subsidio tras agotar una prestación contributiva que estaba parcializada, el subsidio de mayores de 55 se reconocerá con la parcialidad de la prestación por la que tuvo acceso al mismo.

    Ejemplo: Juan, de 56 años,tras finalizar un contrato de 6 meses a media jornada solicita subsidio por desempleo. Cumple los requisitos generales y específicos para acceder al subsidio de mayores de 55 años. Como viene de finalizar un contrato al 50% de jornada, cobrará la mitad de la cuantía mensual del subsidio, 213 euros mensuales.



    Duración:

    NOVEDAD R.D. 5/2013 de 15 de marzo: Duración del subsidio de mayores de 55 años: (se aplica a los nuevos perceptores)

    La duración del subsidio será hasta cumplir la primera edad para acceder a la pensión contributiva de jubilación en cualquiera de sus modalidades

    Esta último requisito supone un importante recorte en la cuantía que se destina al subsidio de mayores de 55 años. Recordemos que la edad para poder jubilarse puede situarse, en en muchos casos, en los 61 o 63 si se cumplen el resto de condiciones para poder acogerse a la jubilación voluntaria anticipada.

    El Servicio Público de Empleo, antiguo INEM, revisará anualmente los subsidios cotejando los datos con los informes que se solicitarán anualmente a la Seguridad Social, la cual informará qué perceptores del subsidio de mayores de 55 años, pueden acogerse a una jubilación anticipada voluntaria.
    Si es posible la prejubilación, el INEM procederá a la extinción del subsidio y el trabajador podrá optar a acogerse a dicha prejubilación.


    SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

    Hay que pedir cita previa, por teléfono o internet, y personarse en la oficina con documento de identidad y los justificantes de rentas que nos soliciten presentar en el INEM

    Puedes llevar el impreso de solicitud rellenado, descargándotelo en este enlace:

    Impreso de solicitud



    PLAZO DE SOLICITUD

    El plazo para solicitar el subsidio es de 15 días hábiles desde que se genera el derecho al subsidio y se tienen los 55 años cumplidos,siempre y cuando se tenga una vía de acceso de las arriba indicadas.

    Mes de espera: El plazo para solicitar comienza después del obligatorio mes de espera desde la causa que genera el derecho al subsidio.

    No hay mes de espera:Cuando se accede por la finalización de una relación laboral por causa no voluntaria y no se tiene derecho a la prestación contributiva. El plazo, en este caso, es de 15 días hábiles desde el día de la finalización de la relación laboral.

    Las solicitudes fuera de plazo se empiezan a cobrar desde el día posterior a la solicitud, pero se descontarán los días que hayan transcurrido desde que comenzaba el plazo para solicitarlo hasta el día en que efectivamente se solicita. 


    COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL DURANTE SUBSIDIO DE MAYORES DE 55 AÑOS

    El Servicio Público de Empleo Estatal (antiguo INEM), ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social para jubilación durante la percepción del subsidio de mayores de 55 años.

    La base de cotización será el 100% de la base mínima vigente en cada momento. La cotización también ha sufrido un recorte pues anteriormente estaba situada en el 125% de la base mínima.


    DECLARACIÓN DE RENTAS ANUAL DURANTE EL SUBSIDIO DE MAYORES DE 55

    Para poder seguir cobrando el subsidio una vez reconocido y aprobado, hay que presentar al INEM, año a año, una declaración de las rentas percibidas durante los 12 meses anteriores, adjuntando la documentación que las justifique.

    La primera presentación y declaración de rentas, se realizará a los 12 meses de empezar a cobrar el subsidio con un plazo de 15 días hábiles para presentarla desde ese día. Las sucesivas se presentarán cada vez que se transcurran 12 meses desde la fecha de inicio del subsidio de mayores de 55 años

    Si no se ha realizado declaración de la renta, es suficiente con declarar esta circunstancia




    CONVENIO ESPECIAL


    Los perceptores del subsidio de mayores de 55 años, tienen la posibilidad de suscribir el convenio especial con la seguridad social con el objeto de complementar su base de cotización hasta los límites que se establecen en la normativa que lo regula (Orden TAS/2865/2003  de 13 de octubre).


    La solicitud debe realizarse ante la Tesorería General de la Seguridad Social presentando el impreso TA-0040

    Comentarios

    1. hola,buenas.Primero y antes que nada darte las gracias por la ayuda que das, como te imaginaras los que pasamos por acá es por que estamos jodidos.
      Segundo te quiero consultar por mí caso , soy hijo de Español (emigrante retornado) voy a cumplir 52 años y cuando tenga los datos claros de mi pregunta lo voy a molestar ( me bloqueé)

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    2. HOla, enhorabuena por el blog, es fantástico.
      Mira, tengo dos dudas:
      1º dices que el subsidio de mayores de 52 años es para quien tenga años suficientes cotizados como para jubilarse (15 años) pero luego dices que x años tienen que ser dentro de otros x... esto no me queda claro... he estado mirando en la pag del inem y no lo veo tampoco muy claro...


      2º Si a una persona le quitan el subsidio... a la hora de volver a pedirlo... ¿cómo le cuentan esos años? ¿y qué sanción le ponen por pedirlo más tarde de lo que debía?

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    3. Hola Elena, quizá no lo he expresado con suficiente claridad en la entrada.
      Dentro del mínimo de 15 años cotizados, 2 de esos años deben estar comprendidos en los 6 últimos años anteriores a la fecha en que se solicita
      Por otra parte también se exige una cotización mínima de 6 años a desempleo para acceder al subsidio.

      Respecto a lo segundo dependería de la causa que lo ha producido y si hay revocación o ha sido una suspensión.

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    4. franc, hola tengo 51 años, estoy, cobrando el subsidio,x aver agotado el paro, me aprovaron 6 meses, una vez agotado esos 6 meses tengo derecho a solicitar mas subsidio? y una cosa me andicho k aora pasa de los 52 años a los 55, para poder cobrar el subsidio especial, eso es cierto?

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    5. Hola Franc. Si el subsidio que estás cobrando es por agotamiento de la prestación contributiva, al finalizar podrás solicitar el PREPARA si es que el gobierno finalmente decide prorrogarlo. De otra forma habrá que estar a lo que se determine para los parados que agoten prestación o subsidio.
      El subsidio para mayores de 52 ahora pasa a ser para mayores de 55. En fin, una putada más para los parados. Que haya suerte.

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      1. También es probable que puedes tener acceso a una RAI si llevas un año como desempleado y cumples el resto de los requisitos para solicitarla. En el blog puedes verlos.

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    6. FRANC, GRACIAS X TU RESPUESTA,CUANDO ME AREGLE EL SUBSIDIO ME DIJERON K YA X TENER 51 AÑOS EL SUBSIDIO DE 6 MESES SE PROROGARIA A 18 O 24 MESES YA K SON CON CARGAS FAMILIARES, ESPERO SU RESPUESTA, GRACIAS

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    7. Los subsidios por cargas familiares son renovables cada 6 meses hasta su finalización si se siguen cumpliendo los requisitos durante el período que se tiene derecho a su percepción.

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    8. manu, mi pregunta es la siguiente, y por favor me gustaria que meorientases, yo estoy cobrando el subsidio con cargas x mi hija que es menor de 26 años es celiaca, y cobro 426 euros, ¿ es eso lo que devo cobrar,ya que me lo aregle con cargas, mi hija tiene una enfermedad de celiaca, y es todo muy caro lo que necesita para comer,,espero su respuesta, darte mis felicitaciones por orientarnos a todos los parados, un saludo, y spero su respuesta,, gracias

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    9. Esa es la cuantía del subsidio de desempleo estatal, es una cantidad única igual para todos. No influye el nivel de gastos que se deba afrontar, sino únicamente los gastos a la hora de concederlo o no. Es probable que exista algún tipo de ayuda para gastos médicos en familias con pocos ingresos a traves de servicios sociales o la seguridad social pero lo desconozco. Espero que alguien quiera contestarte sobre este último aspecto.

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    10. hola,por favor, me gustaria, me orientases, yo estoy cobrando el subsidio con cargas, son mis primeros 6 meses,¿ cuando a gote, el subsidio , tengo derecho a reanudarlo? un saludo cordial,,,,,,

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      1. El subsidio con cargas se puede prorrogar semestralmente hasta su finalización siempre y cuando se mantengan los requisitos que dieron lugar a su reconocimiento.

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    11. hola en primer lugar , felicitarles por este magnifico blog, y aora mi pregunta, tengo 23 años, me llamo noelia, y desde k acave el colegio, pues me ededicado a estar de canguro cuidando un niño, solo tengo cotizado a la seguridad social 3 meses, , estoy fatal ya que no encuentro trabajo, ¿tengo derecho alguna alluda? por favor orientenme, y gracias , espero su respuesta

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      1. Para tener derecho a prestación por desempleo en tu caso necesitas trabajar un mínimo de 6 meses o 3 en caso de tener cargas familiares. Tienes 15 días de plazo para solicitarlo tras terminar de trabajar. Dependiendo de los servicios sociales de tu ayuntamiento o comunidad también es probable que tengas acceso a algún tipo de ayuda social en función de tus recursos y tu situación personal y familiar

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    12. HOLA,POR FAVOR, TENGO UNA DUDA, TENGO 23 AÑOS COTIZADOS A LO LARGO DE MI VIDA, TENGO 51 AÑOS, NO ENCUENTRO TRABAJO, Y EL SUBSIDIO SE ME ACAVA, LO TENGO AREGLADO CON CARGAS, YA K TENGO A MI ESPOSA Y DOS HIJOS, PERO MI HIJO YA TIENE 27 AÑOS, QUE TANBIEN ESTA EN PARO, ESTOY DESESPERADO, ¿ PODRIA PEDIR MI PREJUVILACION CON 23 AÑOS COTIZADOS? YA QUE ESTO NO TIENDE A AREGLARSE, POR FAVOR, ALLUDEME A VER SI PUEDO ACER ALGO, YA K ESTOY YA DESESPERADO, GRACIAS, POR ESTE LINDO BLOG ,,,,,,

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      1. La prejubilación, me imagino te refieres al subsidio de mayores de 55 años, por tu edad no cumples requisitos. En tu caso al finalizar el subsidio con cargas en caso de que tu situación de desempleado persista podrías optar,si cumples el resto de requisitos a una RAI o al PREPARA si en ese momento se mantienen.

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    13. Buenas, tengo una consulta porque he recibido la suspensión de mi subsidio de desempleo, desde el 1 de enero de 2012, por que dicen que me paso de renta, pero en este 2012 no he recibido renta alguna, puedo presentar la reclamación previa y la reanudación del subsidio, me dicen que si pido la reanudación acepto la suspensión, no quiero que luego me pidan las mensualidades desde el 1 de enero hasta hoy.

      muchas gracias por adelantado, tengo poquisima idea y esta página me sirvió para empezar a saber por dnd voy

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    14. hola cuanto es la duracion del subsidio con cargas familiares, yo ya e consumido los primeros 6 meses,

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    15. El subsidio con cargas familiares puede tener diferentes duraciones, puedes ver las tablas en los diferentes subsidios en el blog. Si quieres hacer una consulta personalizada puedes usar la sección de consulta. Un saludo

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    16. hola bermex, quisiera hacerte una pregunta, tengo 27 años, y e acavado de cobrar el prepara, ¿ me pudes informar, si tengo derecho alguna prestacion, ya k ya no cobro nada,? estoy soltero, vivo con mis padres,,,

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      1. Hola, siento mucho tener que decirte que si has agotado el prepara no tienes derecho a otra prestación por desempleo hasta que trabajes un mínimo de 6 meses. El prepara es la última ayuda cuando has terminado las otras prestaciones y además sólo se puede percibir una vez. Si estás en una situación muy delicada es probable que tengas derecho a alguna ayuda social para lo que deberás consultar en los servicios sociales de tu ayuntamiento o comunidad autónoma.
        Un saludo y suerte

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    17. hola, bermex, quisiera que me orientases,al mes que biene agoto, el subsidio, con cargas familiares, tengo51 años, ¿ tengo derecho alguna prestacion de alluda familiar?y si es la ray, cuantos meses pueden aprovar,,

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      1. Hola, si tienes derecho a la RAI, ésta son hasta 11 meses percibiendo 426 euros mensuales, si no cumples requisitos para la rai puede ser que puedas optar al prepara que es una ayuda de 400 euros durante 6 meses. En el blog tienes los requisitos si buscan en los enlaces de la parte derecha.

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    18. hola, muy buenas mi pregunta es la siguiente: ¿habrá incremento en el subsidio de mayores de 55 años en el año 2013?¿se va a incremetar el 2º\º como las pensiones de renta baja?.
      muchas gracias

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      1. Hola, si te refieres a la cuantía del subsidio, éste no se va a modificar pues está calculado en función del IPREM, el cual el gobierno ha congelado para el ejercicio 2013.

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    19. hola, por favor, me gustaria, me orientases, tengo una fruteria desde hace muchos años yo y mi esposa, yo tengo 59 años y mi esposa 55, si mediera de baja, los dos somos autonomos, ¿ tendria derecho alguna paga yo y mi esposa encaso de darnos de baja de autonomos, espro su pronta respuesta, y gracias

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      1. Los trabajadores autónomos, tienen derecho a la prestación especial para autónomos, siempre y cuando hayan cotizado a desempleo como mínimo durante 1 año inmediatamente anterior a la fecha del cese de la actividad.

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    20. cuala es la cuantia mensual de de la prestacion especial ya que quiero informame de todo, y darnos de baja yo y mi esposa en autonomos y si encaso de darnos de baja cobrariamos los dos, ya que somos autonomos desde hace muchos años? por favor te ruego me informes de todo, y muchisimas gracias , por este magnifico blog, y por tu infomacion,,, gracias

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    21. La cuantía de la prestación para autónomos es el 70% de la base de desempleo y oscila entre los 583 y 1383 euros. Se tiene derecho siempre y cuando sea un cese de actividad involuntario y se haya cotizado por accidentes y enfermedad profesional.

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    22. hola soy maria, veras, tengo unos 700 jornales en rama jeneral, y 12 años a continuacion de autonomo,`y quiero darme de baja x la situacion, tan lamentable que hay hoy en dia, mi pregunta es la siguiente,,¿ tengo derecho alguna prestacion, si medoy baja boluntaria en autonomos, y teniendodo sobre los 700 jornales en rama general? por favor espero su alluda, cuanto antes, un saludo muy afectuoso, y mi enora buena , por este blog, gracias

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    23. Pues con los datos que me proporcionas el subsidio para mayores de 55 queda descartado. Al venir de una situación de autónomo tambien queda descartado cualquier subsidio por desempleo por lo que únicamente podrías tener acceso al subsidio especial para autónomos siempre y cuando cumplas los requisitos, entre ellos el haber cotizado a la contingencia de desempleo durante al menos el año inmediatamente anterior a la baja. Consulta con tu gestor si cumples los requisitos.
      Que tengas suerte.

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    24. por favor, queria hacerle una pregunta, yo estoy en desenpleo, no cobro nada con la tegeta de demanda de enpleo en vigor, mi pregunta es la siguiente, ¿estando en el desenpleo, estoy cuvierto x la seguridad social? si boy al medico,,

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    25. Hola, te dejo un enlace a una aplicación de la seguridad social, en la que introduciendo una serie de datos, puedes comprobar si eres beneficiario de asistencia sanitaria como titular o como beneficiario de titular:
      https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/Lanzadera/index.htm?URL=97

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    26. Magnifico blog,
      A ver si puedes ayudarme, tengo 58 años y 28 años y seis meses cotizados, de los cuales 1/09/1970 al 15/02/1979 en un banco, despues el resto cotizaba como autonomo.
      Tengo derecho a la prestación por ser mayor de 55 años?

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      1. Como puedes ver más arriba en la entrada, se precisa que durante los últimos 6 años de referecia hayas cotizado 2.
        Además tienes el problema de la vía de acceso, pues necesitas estar en situación legal de desempleo o en alguno de los supuestos que explico en la entrada.
        En caso de no estar en estos supuestos es muy probable que necesites trabajar como mínimo un período de 3 meses para poder tener acceso al subsidio a pesar de cumplir las condiciones generales.

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      2. En los últimos seis años he cotizado más de dos como autonomo.
        Mi situación actual es en paro apuntado al INEM
        Lo que no tengo nada claro es si el tiempo que trabaje como asalariado me sirve para computar estos seis años
        Muchas gracias por tu respuesta

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      3. Se toma en cuenta el tiempo cotizado como asalariado, como tu dices, en los 6 años inmediatamente anteriores a la fecha de la causa legal de desempleo. En tu caso, si tienes esas cotizaciones, necesitarías una causa legal de desempleo para acceder a la prestación. Las cotizaciones como autónomo no computan para esta ayuda ni son causa legal de desempleo excepto si ya se percibía la ayuda con anterioridad.

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    27. Hola, buenos dias/tardes.

      Tengo 53 años y en junio de 2013 cocluye mi prestacion contributiva y empezare a cobrar el susbsidio para mayores de 45, ya q con la nueva ley no podre solicitar el subsidio para mayores de 55 años hasta el año 2014, este subsidio de + de 45 me llegara hasta diciembre 2013 y entonces tendre q pedir la RAI.

      Tengo 20 años cotizados en el regimen general.

      HASTA AQUI LO TENGO CLARO Y NO HAY PROBLEMA.

      La duda me surje a partir de este momento a la hora de poder solicitar el subsidio de mayores de 55 años...

      Según la información de requisitos del SEPE q reflejo aqui entrecomillado para pedir el subsidio para mayores de 55 años, y entre otros puntos, se accede desde:

      "Tener cumplidos 55 o más años en la fecha de agotamiento de la prestación por desempleo o del subsidio por desempleo, o tener cumplida esa edad en el momento de reunir los requisitos para acceder a alguno de los siguientes subsidios: por agotamiento de la prestación contributiva, emigrante retornado, revisión por mejoría de un invalidez, liberado de prisión o cotizaciones insuficientes para la prestación contributiva, o cumplirla durante la percepción de éstos."

      Mi pregunta es: se puede acceder al subsidio para mayores de 55 años desde la RAI, ya q por edad yo me veo obligado a pedir esta previamente¿? pq en la información de los requisitos del SEPE no aparece q se pueda desde esta prestación y no lo veo claro.

      Muchisimas Gracias y un saludo.

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    28. Desde la RAI no se accede al subsidio de mayores de 55, si se viene de una RAI se exige trabajar un minimo de 3 meses para acceder a este subsidio. En tu caso si no encuentras un trabajo antes es probable que sea mejor opcion agotar subsidio y esperar a cumplir 55. La mejor opcion de todas trabajar claro y cotizar, pero ya sabemos como esta el tema.

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    29. TENGO 18000EUROS EN PLANES DE PENSIONES, Y TENGO LA PREOCUPACION DE COMO RESCATARLO Y NO SUPERAR EL 75% DEL SMI PARA NO PERDER EL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 55 AÑOS...
      EL OTRO DIA HABLE CON EL HERMANO DE UN AMIGO Q PERCIBE EL SUBSIDIO DE MAYORES DE 52 Y EL AÑO PASADO RESCATO UN PLAN DE PENSIONES POR 40000EUROS... LE PREGUNTE SOBRE LA RENOVACION Y ME DIJO Q SE LO HABIAN RENOVADO PQ LE HABIAN DIVIDIDO LA CANTIDAD ENTRE LOS AÑOS DESDE Q ABRIO EL PLAN...
      MI PREGUNTA : ES CIERTO ESTO¿?? DE CARA AL REQUISITO DE NO SUPERAR EL 75% DEL SMI LOS PLANES DE PENSIONES SE DIVIDE LA CANTIDAD TOTAL RESCATADA ENTRE EL Nº DE AÑOS DESDE Q SE ABRIO¿¿¿??

      Y EN TODO CASO Q TRATAMIENTO TIENE EL RESCATE DE UN PLAN DE PENSIONES CARA AL INEM EN RELACION COMO RENTA PARA EL SUBSIDIO DE MAYORES DE 55 AÑOS¿¿??
      MUCHAS GRACIAS.

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      1. En tu caso te recomendaría que fueses a la oficina de empleo y consultaras en tu situación cuál es la cantidad que podrías rescatar sin perder el derecho al subsidio.

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    30. Tengo 54 años en diciembre agote el paro me an concedido seis meses de subsidio sin cargas familiares cuando finalize este subsidio me faltaran seis meses para cumplir 55 años cuando los cupla tendre derecho al subsidio para mayores de 55 años

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      1. Si cumples los requisitos generales, que puedes ver al principio de esta entrada, podrías tener derecho al subsidio de mayores de 55 una vez cumplida la edad, pues vendrías de agotar un subsidio que es una de las vías de acceso.

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    31. Si dice q le faltan 6 meses para los 55 cuando agote el de 45 es una situación identica a la mia y me parece q solo podras acceder a la RAI q según me contestais NO DA PIE AL SUBSIDIO DE MAYOES DE 55

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    32. DENTRO DEL COMPUTO DE RENTAS PARA NO SUPERAR EL 75% DEL SMI DE CARA A LA PERCEPCION DEL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 55 AÑOS HAY UN PUNTO Q ME QUEDA OSCURO...
      ... así como los rendimientos que puedan deducirse del montante económico del patrimonio, aplicando a su valor el 100 por 100 del tipo de interés legal del dinero vigente, con la excepción de la vivienda habitualmente ocupada por el trabajador y de los bienes cuyas rentas hayan sido computadas, todo ello en los términos que se establezca reglamentariamente.
      los rendimientos presuntos deducibles del montante económico del patrimonio, aplicando a su valor el 100% del tipo de interés legal del dinero

      A Q SE REFIERE ESTE PUNTO¿¿??

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    33. Este punto indica que para calcular el rendimiento presunto del patrimonio del solicitante para el que no se haya computado su rendimiento mensual,se aplicará el porcentaje del interés legal del dinero (para este año es el 4%)a efectos del cálculo de rentas.
      Se aplica para todos aquellos bienes que no estén produciendo un rendimiento efectivo. Por poner un ejemplo, se aplicaría sobre el valor de varias plazas de garage en posesión del titular que no se encuentren arrendadas.

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    34. Hola, creo que es muy interesante ésta página para poder aclarar las dudas que se presentan a los mayores de 55 años que estamos cobrando el subsidio, mi pregunta es "¿que pasa con mi subsidio si durante un tiempo me doy de alta como autónoma?", "si no me diera buen resultado al emprender un negocio, ¿podría luego recuperar el subsidio?". Muchas gracias por su respuesta

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      1. Siempre y cuando el tiempo de alta en autónomo no exceda de 2 años, podrás reanudar el subsidio que estabas percibiendo

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    35. cuanto tiempo me quitaran el subsidio de 55 años si recibo una herencia de uns36000 e

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      1. Hola, éste es un tema complejo ya que te afectará dependiendo de las rentas personales que poseas con anterioridad a la herencia y de la imputación de rentas que se te realice. La cantidad es pequeña por lo que es muy probable que no afecte al subsidio, pero en casos como éste, mi consejo es comunicar esta circunstancia en la oficina del SEPE y en ningún caso pretender ocultar la obtención de la herencia, pues la consecuencias podrían ser peores.

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    36. Hola: Felicidades por la página.
      Mi caso es el siguiente: Tengo 58 años, he cotizado 20 años como autonoma hasta hace dos meses que tuve q cerrar y me hicieron un contrato para trabajar en un bar durante seis meses, no se si me van a renovar, en el caso de q no fuese así ¿tendria derecho a el subsidio de mayores de 55 años? creo q los demos requisitos si los cumplo.
      Muchas gracias

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      1. Gracias! Como puedes ver en los requisitos generales del subsidio, es necesario un período de cotización a desempleo mínimo de 6 años, por lo que si la casi totalidad de tu vida laboral ha sido como autónoma, es muy probable que no tengas esa cotización a desempleo, aunque no se pierde nada por probar.
        En caso de que no te renueven y no puedas acceder al de mayores de 55(ojalá que no sea así), con los 6 meses cotizados probablemente puedas tener derecho a un subsidio por cotización insuficiente. Un saludo y suerte

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    37. HOLA MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE, ESTOY CONBRANDO EL SUBSIDIO CON CARGAS, ESTOY CASADO CON DOS HIJOS,MI HIJA DE 23 Y MI HIJO DE 27 LO CUAL ESTAMOS TODOS PARADOS, MI HIJO YA NO ENTRA EN LO DE LAS CARGAS FAMILIARES X TENER 27 AÑOS, Y MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE¿ ESTANDO MIS HIJOS EN MI CASA, CONVIVIENDO, Y NO ESTAR COBRANDO ESTARIAN MIS HIJOS CUBIERTOS X LA SEGURIDAD SOCIAL, YA K MIS UNICOS INGRESOS SON LOS 426 EUROS?

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      1. Tu hija estaría asegurada como beneficiaria tuya al menos por ser menor de 26 años y depender económicamente de ti. En el caso de tu hijo, él no podría ser beneficiario tuyo por ser mayor de 26 años a no ser que tenga alguna minusvalía superior al 65%. Podría estar asegurado como titular en caso de que haya trabajado, perciba o haya percibido prestación o subsidio, o que lo haya agotado y esté inscrito como demandante de empleo.
        En esto casos lo mejor es consultarlo directamente con el dni digital en este enlace:
        https://sede.seg-social.gob.es/Sede_1/ServiciosenLinea/Ciudadanos/231486

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    38. hola me podeis contestar a una pregunta , estoy cobrando la ayuda de los 55 años, me han dicho de un trabajo de 3 horas diarias y un contrato de 1 mes , me quitan la ayuda si me la quitan cuando me despidan vuelvo a cobrar lo mismo de la ayuda 425 euros gracias

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      1. En tu caso puedes compatibilizar el subsidio con el trabajo parcial siempre y cuando tus ingresos totales mensuales no superen los 481 euros mensuales.
        Además puedes suspender el subsidio para trabajar durante un mes y reanudarlo una vez finalizado el trabajo por causas ajenas a tu voluntad, percibiendo de nuevo el subsidio con las condiciones que lo venías cobrando antes de suspenderlo.

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    39. hola, en primer lugar felicitarte x este magnifico blog, mi pregunta es la siguiente, mi esposa esta cobrando una minusvalia de 549 euros, y se lo a areglado para poder cobrar x tener conyuge, asi nos andicho k posiblemente cobraria 778 euros yo estoy cobrando el subsidio de 445 euros, y mi pregunta es si en caso k le viniese aprovado lo de los 778 euros x tener conyuge, me afectaria a mi k estoy cobrando el subsidio con cargas?

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    40. hola por fabor me podeis decir cobro la ayuda de los 55años, e encontrado trabajo de media jornada 4 horas hoy dia 14 de marzo e firmado el contrato es por obra y servicios , me han dicho que puedo estar un mes o dos , mi pregunta el 10 de abril me pagara algo el paro voy a cobrar 490 euros al mes queria saber si estos dias me los pagara el paro sin trabajar y cuando me despidan podre volvera la ayuda de 55 años y cobrare 426 euros muchas gracias

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      1. El SEPE te pagará los días del mes que no estés de alta trabajando. Como sabes el subsidio se cobra a mes vencido, por lo que en abril cobrarás 13 ´días de marzo. Al despedirte debes solicitar la reanudación del subsidio de 55 años aportando el correspondiente certificado de empresa,

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    41. Hola y gracias por atenderme,naci en septiembre de 1955,llevo siete años en el paro y cobrando el subsidio para mayores de 55 años.Tengo 28 años cotizados y me gustaria saber si podria jubilarme antes de los 65 años y cuanto me quedaria cobrando...gracias

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      1. Actualmente, a espera de la nueva reforma, a partir de 61 años cumplidos, 30 años de cotización, inscrito como demandante de empleo y con el último trabajo finalizado de forma no voluntaria se puede acceder a la jubilación anticipada con los correspondientes coeficientes de reducción por cada año de anticipo.

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    42. Hola, estoy cobrando el subsidio para mayores de 55 años y me gustaría saber que consecuencias tendrá en la prestación el cobro de la indemnización del Fogasa que me corresponde. Gracias por su labor.

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      1. La cuantía de la indemnización legal por fin de contrato no se considera renta para los subsidios, por lo que hasta los límites legales no se te considerará como renta y no influye en la ayuda.

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    43. tenia todos los requisitos en agosto de 2012, 52 años dentro de l mes de espera ,ami se me acavo el paro el 11 de agosto, el 13 salio la nueva ley y el 15 de agoso se aprobo , con lo cual yo estaba dentro del mes de espera , me lo han denegado por ser nueve demendantey no tener 55 años y para mas inrr ahora miran las rentas , yo estoy hecha un lio necesitaria que alguien me dijese algo bueno porque a sidio una guarrada lo que os estan haciendo.

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      1. Siento muchísimo la mala suerte que has tenido, y la putada tan grande que le han hecho a mucha gente en tu situación. Conozco casos cercanos de gente que en pleno mes de espera, este desalmado gobierno les cambian la ley y se quedan sin la ayuda de los 55. En fin... no puedo hacer mucho más que daros ánimo y desear mucha suerte.

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    44. hola ,haber si me podeis ayudar tengo51 año voy a terminar de cobrar el ray vivo sola sabeis si tengo alguna ayuda mas muchas gracias

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      1. Con los datos que me aportas, si no acumulas cotizaciones y vienes de una RAI, probablemente no tengas derecho a ninguna prestación por desempleo. Sería posible percibir 3 veces la RAI trascuyendo un año entrer el final de una y el comienzo de la otra excepto en casos de minusvalía y violencia de género que no hay que esperar ese año.
        No sé de que comunidad eres pero es probable que tengas acceso a alguna ayuda de la comunidad autónoma o ayuntamiento si tu situación económica es muy delicada, pero esto ya debería consultarlo con los servicios sociales correspondientes. Un saludo y suerte

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    45. Hola, mi duda se refiere a los salarios de tramitacion, estoy pendiente de su pago por el fogasa y actualmente percibo el subsidio para mayores de 55 años. Durante los 3 años posteriores a la sentencia (2009) no lo cobré ya que son incompatibles y procedía compensación. Mi pregunta es si me afectará su cobro a la prestación
      aunque deban imputarse a 2009. Muchas gracias

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      1. Si en su momento no percibiste el subsidio porque se te aprobaron salarios de tramitación, el cobro de los mismos no debería afectar a la prestación.

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    46. Buenas, tengo una duda,tengo 6 años y 4 meses cotizados en España ( y de esos 6 años, 1 es del paro) Y más 15 años en La Union Europea,para la ayuda de los 52 años me ha venido una respuesta denegada motivando que no tengo los minimos 6 años cotizados en el régimen general.Mi pregunta és:
      Si yo tengo 6 años y 4 meses porque me ha denegado?O puede ser que el año de paro no se cuenta?Porfavor, ayudarme con una respuesta correcta, que tengo que hacer?
      Gracias.

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      1. Lo que la resolución quiere decir probablemente es que no tienes 6 años cotizados a desempleo, que es uno de los requisitos básicos para acceder a este subsidio. El año de paro, por supuesto, no cotiza a desempleo.

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    47. hola, en primer lugar felicitarte x este magnifico blog, mi pregunta es la siguiente, mi esposa esta cobrando una minusvalia de 549 euros, y se lo a areglado para poder cobrar x tener conyuge, asi nos andicho k posiblemente cobraria 778 euros yo estoy cobrando el subsidio de 445 euros, y mi pregunta es si en caso k le viniese aprovado lo de los 778 euros x tener conyuge, me afectaria a mi k estoy cobrando el subsidio con cargas?

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      1. Habría que ver cual es vuestra situación familiar (número de hijos a cargo) y el total de rentas que percibís. Si ella es tu única carga familiar, con esa pensión excedería el límite de rentas y probablemente no tengas derecho a un subsidio con cargas por no tener cargas familiares. Aunque quizá si puedes tenerlo a uno sin cargas, si cumples el resto de requisitos.

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    48. Hola. Tengo 54 años y estoy percibiendo el subsidio para mayores de 55 (lo solicité con la antigua normativa, al cumplir 52). Es mi único ingreso. Acabo de ganar un premio de 3.000€ en un juego que organiza un periódico, a nivel nacional. Me imagino que este premio tributará a Hacienda, aunque desconozco en qué cuantía, pero lo que más me interesa saber es si el ingreso en mi cuenta corriente de esta cantidad me haría perder la percepción del subsidio mencionado. Muchas gracias por su atención.

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      1. Desde el punto de vista del subsidio no se considera como renta. De todas formas cualquier incremento de renta o patrimonial debe ser comunicado al Servicio Público de Empleo.

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    49. hola.Estoy separado judicialmente.Cobro una pension por incapaciadad para el trabao que desempeñaba de 345 euros.Actualmente trabajo a tiepo parcial y he cotizado 6 años.Tengo 56 años y si me despidieran ¿seria copatible la pension con el subsidio para mayores de 55 años?

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      1. La pensión es compatible con el subsidio siempre y cuando la suma de las rentas brutas mensuales que obtengas en total no excedan del 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

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    50. Hola! Felicidades por el blog, por favor puedes responder a una duda que tengo?
      Estoy cobrando la ayuda de 55 años, he recibido una herencia de una casita en un pueblo valor catastal: 10.000 euros
      y la cuarta parte de un piso, valor catastral del piso: 60.ooo euros
      En total sería 25.000 euros. me han dicho que sería el 50% de esos 25.000 euros y dividido en 12 meses y no debe de superara los 481 euros es correcto. gracias

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      1. El rendimiento presunto que se aplica actualmente sería el 100% del tipo de interés legal del dinero y no el 50% (fue una de las modificaciones de la reforma del año pasado). Se te aplicaría por lo tanto el 4% sobre la cantidad y dividido entre 12 meses.

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    51. Hola, estoy cobrando la ayuda de 55 años, vivo con mis padres que cobran de pensión 1.100, yo me estoy pagando la seguridad social para poder cobrar un poco mas cuando llegue la jubilación.
      El importe que pago son 310 euros mensuales, este importe se descuenta de los ingresos de la unidad familiar?
      para ver si no superamos los 480 por persona?
      Gracias por el blog.

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      1. Si quieres realizar este cálculo debido a la nueva normativa sobre rentas en el subsidio, debes saber que la norma no es retroactiva sino que sólo se aplica a los nuevos perceptores.
        De todas formas, para este y todos los subsidios, no se descuenta ningún tipo de gasto del total de rentas e ingresos a la hora de verificar el requisito de carencia de rentas.

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    52. MI ESPOSA, ESTA COBRANDO 549 EUROS, X UNA MINUSVALIA DEL 66% Y NOS ANDICHO K X ESTAR CASADA TIENE DERECHO A PERCIVIR 778 EUROS, AL TENER CONYUGUE,, YO ESTOY COBRANDO EL SUBSIDIO DE DESENPLEO CON CARGAS FAMILIARES DE MI HIJA K TIENE 22 AÑOS, Y CONVIVEN CON MIGO Y MI HIJO TIENE 27 PERO YA DE EL NO ENTRA DE LO DE LA CARGA FAMILIAR YO COBRO 426, ¿ SI LE PAROVASEN ESO AMI ESPOSA, ME KITARIAN AMI EL SUBSIDIO, K ESTOY COBRANDO CON CARGAS FAMILIARES DE MI HIJA?

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      1. Si tu hija carece de ingresos, entonces sigues manteniendo cargas familiares siempre y cuando la suma de los ingresos mensuales de tu unidad familiar dividida por el número de miembros, no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (483,98 euros).

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    53. hola queria preguntaros tengo 59 años estaba cobrando la ayuda de los 55 años ,ahora estoy trabajando 4 horas por obra y servicios mi pregunta es, cuando me despidan vuelva al paro me seguiran pagando la ayuda de los 55años 425 euros o me la bajaran por tener ahora un contrato de 4 horas , ytambien preguntaros me han dicho que cuando vuelva al paro no tendre antiguedad entro como nueva , eso tiene algo que ver con la ayuda estoy muy preocupada vivo sola y no tengo otros ingresos ,me tocaba sellar hoy pero como estoy trabajando no e ido lo e hecho por telefono y no e podido me dicen que como estoy dada de alta tengo que ir a la oficina para mejora de empleo estoy hecha un lio gracias

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      1. Al despedirte debes solicitar la reanudación de la ayuda con el certificado de empresa, se reanudará con las condiciones que tenía antes.
        La antigüedad en el paro no tiene ninguna relación con la ayuda, pero renovar la demanda de empleo sí que es un requisito indispensable y el no hacerlo en tiempo puede acarrear una sanción.

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    54. Hola buenas noches!
      Llevo 3 y medio cobrando la ayuda de 55 años, ahora tengo 58 años y 39 años cotizados, a que edad me permite la ley jubilarme anticipadamente??
      Aparte de los 39 años... estuve cotizando 4 años en dos empresas a la vez, me beneficia en algo??
      Gracias.

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      1. Con tus cotizaciones y atendiendo a la nueva reforma que se va a poner en marcha sobre jubilaciones, podrías solicitar una jubilación anticipada voluntaria al cumplir los 63 años. Con 39 años cotizados se te reduciría la pensión en un 1,625% por cada trimestre de anticipo a la edad legal de jubilación.

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    55. hola , haber si me podeis ayudar, e terminado de cobrar el ray tengo 51 años , vivo sola llevo 4 años parada hace 1 año trabaje 3 mese , me dijeron que ya no era parada de larga duracion y me dieron ray , mi preguntas es tengo algun tipo de ayuda del paro tengo 20 años cotizados gracias

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      1. Si vienes de cobrar una RAI y acumulas 3 meses de cotizaciones, lo mas probable es que tengas que cotizar otros 3 meses como mínimo, si no tienes cargas, para acceder a un subsido por desempleo o esperar 1 año para percibir una RAI, a no ser que la cobraras por minusvalía o violencia de género, en cuyo caso podrías cobras otra RAI sin este período de espera.
        Pero como no dispongo de todos los datos sobre tu situación personal y cotizaciones, lo mejor es que lo consultes directamente en la oficina de empleo.

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    56. Hola. Si en el periodo de 12 meses comprendido entre dos declaraciones anuales de rentas, consecutivas, tengo un ingreso de 4.000 euros, en concepto de un premio ganado en un juego de internet, aunque esa cantidad no llegue al 75% del SMI anual, ¿podrían suspenderme la percepción del subsidio para mayores de 55 años por haber superado, aunque sea solamente en el mes del ingreso de esta cantidad, el 75% del SMI mensual?¿O los cálculos se efectuan dividiendo la cantidad total del premio entre 12 meses y si la cantidd resultante es menor del 75% del SMI mensual no afecta a la percepción del subsidio? Gracias.

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      1. Lo primero, y más importante, es que comuniques en la oficina de empleo la obtención de ese premio lo antes posible.
        El mes de cobro del premioo, lo más probable es que te suspendan el subsidio, siguiendo la sentencia del Tribunal Supremo en cuanto a obtención de plusvaías.
        La posterior reanudación y que mantengas el derecho a cobrarlo pasado ese mes dependerá de que esos 4.000/12 y sumados a las rentas propias mensuales que ya venías percibiendo, no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

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    57. Tengo 35 años y 13 de cotizacion en elregimen general. Vivo con mi novia en una casa con hipoteca a medias entre los dos y no somos pareja de hecho, Se me a acabado la prestacion por desempleo tengo derecho a alguna ayuda.Estoy pagando la mitad de la hipoteca
      Tengo derecho a alguna ayuda RAI Prepara

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      1. Con los datos que me aportas, y sin cargas familiares, lo más probable es que tengas acceso al PREPARA, que es una ayuda de 6 meses y 400 euros mensuales. Tienes 2 meses de plazo para solicitarlo desde el agotamiento de la prestación.
        De todas formas, es preferible que te informes en tu oficina de empleo, aunque te dejo un enlace a los requisitos para percibir dicha ayuda:
        http://www.empleoyprestaciones.com/2012/10/la-prorroga-del-plan-prepara-trae.html

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    58. Tengo 59 años en agosto se me termina la prestacion por desempleo.Mi esposa trabaja y cotiza 1080 euros al mes con pagas incluidas.Tengo derecho al subsidio para mayores de 55 años.Si no tengo derecho siguo teniendo seguridad social

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      1. Me temo que con esos ingresos de tu esposa vas a tener difícil el acceso al subsidio de mayores de 55 años, pues es probable que no cumplas el nuevo requisito de rentas.
        En caso de que no te den el subsidio para mayores de 55, es probable que tengas derecho al subisidio por agotamiento de la prestación contributiva.
        De todas formas esta información es orientativa y debes y a consultarlo a la oficina de empleo

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    59. Soy el de la anterior consulta.Si no tengo derecho al subsidio tengo derecho a alguna ayuda al tener 59 años.Gracias por las molestias estoy hecho un lio toda la vida cotizandoy al final esto

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      1. Te entiendo perfectamente y es a mi entender totalmente injusto todos los recortes que están realizando en prestaciones y en especial a gente que se ha pasado toda la vida cotizando. En fin...
        Que haya suerte

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    60. Para el subsidio de 55 años el calculo de los ingresos de mi esposa que referencia toman el ultimo mes, el año anterior u otro

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      1. Pues depende del tipo de ingresos. Para las nóminas y pensiones se suele tomar el mes anterior a la solicitud y en cuanto al resto de rentas, se calculan mediante la declaración de la renta del último año.
        Esto es orientativo y depende del tipo de ingresos, rentas, etc...

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    61. Hola. Le hice una consulta el 24 de marzo de 2013, a las 15:15, acerca de la repercusión, en la percepción del subsidio para mayores de 55 años, de un ingreso de 4.000 euros en concepto de un premio ganado en un juego de internet. En el caso de que consiga fraccionar el pago de ese premio en varios ingresos en mi cuenta corriente (sería un ingreso al mes, de menor cuantía que el 75% del SMI mensual), hasta completar el importe total del premio, ¿me suspenderían la percepción del subsidio?

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      1. Pues si te soy sincero, nunca he visto un caso parecido. El problema vendrá si en la oficina consideran el devengo de la cantidad o cuando y cuanto ingresas. Me explico, por ejemplo puede suceder que presentes una nómina que no has cobrado porque no te la han pagado y aún así te suspendan el subsidio porque has devengado esa cantidad. Lo mejor creo que es que lo consultes en tu oficina de empleo. Puede ser que de esa manera evites el no cobrar un mes de ayuda.

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    62. Buenas Noches!
      Tengo 58 años y 40 años cotizados estoy cobrando la ayuda de 55 años, estoy en el convenio especial y me sigo pagando la seguridad social, me interesaria jubilarme a los 61 años, podria jubilarme?
      Gracias y felicidades por el Blog.

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      1. Hola y gracias por el cumplido. La edad mínima de prejubilación voluntaria esta fijada en 63 años ahora mismo, a la espera del incremento gradual que irá sufriendo por culpa de la reciente reforma del gobierno.

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    63. Buenas tardes!
      Mi consulta es: ¿Pueden quitarte el subsidio para personas mayores de 55 años una vez ya concedido y después de un año cobrándolo, sin haber cambiado ninguno de los requisitos exigidos? ¿Y en caso de que hayan sido ellos los que se han equivocado al concederla se puede recurrir judicialmente o evitar la devolución de las cantidades ya cobradas?
      Muchas gracias.

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      1. Hola
        El SEPE tiene potestad para cortar, revocar, sancionar e incluso pedir cantidades ya percibidas de cualquier subsidio o prestación siempre y cuando detecte que se ha percibido de forma irregular.
        Si el error se ha producido por parte del organismo, no exime de la obligación de devolver las cantidades cobradas aunque se interponga reclamación o demanda judicial.
        Posteriormente si la sentencia es favorable al interesado, el SEPE deberá devolver esas cantidades y reanudar el subsidio si procede.

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    64. Tengo 56 años solicité el subsidio a los 52 años, en este tiempo he trabajado varias veces y he vuelto a seguir cobrando el subsidio, en la actualidad estoy de baja por enfermedad y la empresa donde trabajaba me ha dado de baja a la finalización del contrato, mi pregunta es la siguiente:
      Cuando me den de alta en la S.S. tengo que tramitar el paro si me pertenece o el subsidio, sigo con las mismas condiciones que antes?

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      1. Cuando finalize tu contrato y te den de baja en seguridad social debes solicitar la reanudación del subsidio o la prestación contributiva si corresponde aportando el correspondiente certificado de empresa. En caso de reanudar el subsidio, sigues con las mismas condiciones que tenías antes de cortarlo para trabajar. Tendrás derecho a el si sigues cumpliendo los requisitos que en su momento te dieron derecho a cobrarlo.

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    65. Hasta que edad se concede el subsidio de mayores 55.Estoy pensando solicitarlo en febrero 2014 despues de finalizar el paro. En dicha fecha tendre 60anos y 10 meses.

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      1. Se concede hasta la edad legal de jubilación que exista en cada momento pues con la reforma irá incrementándose.

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      2. Pero es la edad de jubilacion anticipada (61) o la de jubilacion ordinaria(65)?

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      3. Se refiere a la ordinaria 65 o la que corresponda ese año pues se va incrementando.

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    66. hola quria preguntaros estoy cobrando la ayuda de los 55 años e empezado a trabajar con un contrato de 4 horas me a mandado el paro una carta si quiero compatibilizar la ayuda con el trabajo atiempo parcial tengo que pedir cita en el paro para decirselo mi pregunta si decido mantener suspendido el cobro de la ayuda hasta que me despidan tengo que pedir cita para ir al paro o como ya me lo han dado de baja no tengo que hacer nada muchas gracias

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      1. Si te han enviado la carta es porque ya les consta tu alta en seguridad social y te han suspendido el subsidio. Si quieres quedarte más tranquilo/a puedes llamar al 901 119999 y les comunicas el día que has comenzado a trabajar.
        Un saludo

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    67. Tengo 57 años, estoy cobrando el subsidio de los 55 años. En caso de encontrar trabajo aunque fuese por unos dias o meses, me afectaria para poder de nuevo solicitar esta ayuda? Por otro lado, volveria con mi antiguedad o bien entraria en la nueva ley? Vivo con mi esposo y el cobra su pension por jubilacion, eso me afectaria a la hora de declarar mis rentas?

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      1. Puedes suspender el subsido para trabajar unos días o meses y reanudarlo a la terminación con las mismas condiciones que tenía antes. La nueva ley sólo afecta a los posibles nuevos beneficiarios.

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    68. Al solicitar un prestamo bancario, te afecta a la hora de computar las rentas, cobrando el subsidio de los 55 años?

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    69. Un préstamo o hipoteca no se consideran rentas para un subsidio, sí que lo serían el rendimiento que de su inversión se pudiera obtener

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    70. Mi marido rescato el año pasado un fondo de pensiones, me afecta a mis rentas ? Estoy cobrando el subsidio de los 55 años y tenemos bienes gananciales, y quisiera saber si me lo pueden retirar. Gracias

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      1. Si el subsidio lo empezaste a cobrar antes de la reciente reforma del mismo, no te influyen las rentas familiares, por lo que si es así no debes preocuparte.

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    71. Con respecto a la pregunta anterior. Las rentas del subsidiario de los 55 atañen solo a el? Es decir que no cambien sus ingresos anuales, independientemente de que a su conyuge le aumenten sus rentas?

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    72. Hola. Mi madre ha cotizado 40 años a la seguridad social, ahora en junio va a cumplir los 55 años y quisiera saber si hay alguna forma de que cobre el subsidio. En principio no le correspondería por los ingresos de jubilación de mi padre...pero eso una canallada que le hagan esto...si fuese en Francia incluso le pagarían ya la jubilación íntegra. Existe alguna remota posibilidad de que cobre esta ayuda u otra??

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      1. Desgraciadamente este gobierno va a dejar a mucha gente sin la ayuda de mayores de 55 por los ingresos de jubilación del cónyuge y con esto, sin cotizar hasta la jubilación en muchos casos. Para ver si tiene acceso a otra ayuda puedes ver en el blog los requisitos de todas

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    73. El subsidio de desempleo para mayores de 52 años, que inicie el 16-12-2004, por previo cierre de empresa puede seguir cotizando hasta el 16-12-2015 que quiero jybilarme. Aunque lo pueda hacer a los 61 años el 16-12-2013. Continua igual hasta los 63.

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      1. La prejubilación es voluntaria, el subsidio se extingue al cumplir la edad legal de jubilación si no solicitas la prejubilación voluntaria con anterioridad.

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    74. Hola tengo 59años,35 cotizados como autonomo, nunca he cobrado nada, no tengo trabajo hace ya tiempo, estoy apuntado al paro desde junio 2012,mi mujer gana 1000€ al mes con las pagas porrateadas, solo trabaja 10meses, el resto paro,no tengo hijos menores, son independientes, y me han dicho en el SEPE, que no tengo derecho a nada, como puedo poner reclamacion, gracias

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      1. No entiendo que clase de reclamación quieres poner...si crees que tienes derecho a algún tipo de ayuda por desempleo estatal tienes el derecho de solicitarla y deben recogerte la solicitud y resolverla comunicandotela.

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    75. Hola, tengo 59 años, cotizados 22 y unos meses, pero mi última cotización fué en el 96 , el caso es que he preguntado por lo de la paga a los mayores de 55 y me dicen que tengo que trabajar al menos unos meses, estoy buscando quien me contrate, pero es dificil quizá un familiar indirecto podría hacerlo, pero quiero saber cuanto tiempo tendría que trabajar para poder acceder a esa paga, porque en una oficina me dijeron 3 meses y el otra 2 años, me refiero a oficinas del Inem. Gracias

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      1. Como puedes ver arriba en los requisitos del subsidio, se requieren un mínimo de 2 años cotizados comprendidos en los 6 años inmediatamente anteriores al día de la solicitud.

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    76. Buenas noches
      vivo con mis padres y tengo 37 años he agotado paro prepara
      mi padre esta jubilado cobra 980 euros mes
      hace un año mi madre le dieron la rai, ha pasado ya un año pero ahora mi padre cobra jubilación de 980 e
      ¿le darán la rai?
      muchas gracias

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      1. Con esa cuantía de jubilación no cumple el requisito de rentas. Quizá pueda tu padre renunciar a algún tipo de complemento en la jubilación, como el de mínimos, para solicitar la rai de tu madre y durante su jubilación. Esta opción existe en algunos casos.

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    77. Hola. Tengo 59 años.Llevo cotizados mas de 40 años. Se me termino el paro y estoy cobrando ahora mismo una ayuda de 6 meses. En este momento estoy en trámites de divorcio y vivo solo, por lo cual en mi casa no entraria ningun dinero. Cuando termine con esta ayuda de 6 meses podria pedir la prestación para mayores de 55 años?
      Gracias por atenderme y un saludo

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      1. Con las condiciones que expones, si tenías derecho al subsidio de mayores de 55, lo normal es que te lo dieran al terminar el paro, por lo que es probable que no tengas derecho a él o haya sido un error a la hora de solicitarlo o por parte del SEPE.

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    78. Hola:
      Tengo un plan de pensiones que estoy intentando rescatar, creo que sera cuestion de unos dias. Al mismo tiempo estoy cobrando una ayuda de 6 meses, ya que se me acabaron todas las prestacione. Si rescato este plan de pensiones, puedo seguir cobrando esta ayuda o me la quitarán?
      Agradezco su contestación y gracias por la ayuda que nos presta.
      Un saludo

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      1. En este caso te recomiendo que expongas tu caso en la oficina de empleo para ver si la cantidad del rescate puede afectar al subsidio que estás percibiendo.

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    79. Buenas, tengo 57 años y cotizados 25 años y solicite la paga para los mayores de 55 años y me comentan, que como deje un trabajo fijo me falta 3 tres meses para poder cobrarlo, yo puedo, pagar esta diferencia en la Seguridad Social. Y donde me tengo que dirigir.

      Gracias por su atencion y un cordial saludo.

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      1. De tu comentario deduzco que te has marchado voluntariamente de tu último empleo y por ese motivo no puedes acceder al subsidio. Como bien te han dicho, necesitas trabajar un mínimo de 3 meses y una causa legal de desempleo (baja no voluntaria) para poder acceder al subsidio.

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    80. Hola, soy un prejubilado de banca por ERE con 59 años, me dieron dos años de paro, y el resto de salario, hasta la jubilación me lo adelantó el banco y parte lo tengo a plazo fijo. Una vez acabado el paro de dos años, ¿puedo cobrar alguna paga de subsidio?. Tengo mujer que no trabaja, aunque si le sale algo ocasional para trabajar lo coge.
      Gracias anticipadas por la respuesta y saludos cordiales.

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      1. Tal y como está el país me parece increíble que aún haya privilegiados que por no trabajar perciban su salario hasta la jubilación, y además se les conceda dos años de paro. No siendo suficiente con eso, aún veo preocupación por lo que pasará dentro de 2 años.
        Respondiendo a la cuestión en sí, pues los subsidios se conceden a las familias que de verdad lo necesitan (sin trabajo ni ingresos) Siento el tono de la respuesta pero pues tu mensaje ha sido muy correcto y educado. Un saludo

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      2. Bien, gracias por la respuesta, y que sepas que soy de TÚ misma opinión, e interpreto que en tales circunstancias no corresponde subsidio. La duda planteada, era para cerciorarme(yo no soy el afectado)dado que hay gente cobrandolo (400€),con las condiciones descritas, en la provincia de León y otras, y no logro entenderlo. Será que esté País, tiene más gente corrupta y desprovista de escrúpulos, que los políticos, familia Real etc, ¡¡BOCHORNOSO Y ABERRANTE!!

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      3. Pues sí, esa misma gente que está cobrando un sueldo "nescafé" sin trabajar hasta la jubilación, simultaneamente se lleva 2 años de paro y luego el subsidio de mayores de 52 hasta la jubilación, pues antes de la reforma de esta ayuda esto era posible.
        Mientras tanto sólo hace falta echar un vistazo a los comentarios de este blog para ver la cantidad de gente desesperada que no tiene acceso a esta ayuda despues de haber trabajado casi toda su vida

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    81. Hola, estoy percibiendo la prestación de mayores de 55 años porque no me queda paro, si trabajo 5 o 6 meses, después al finalizar dicho trabajo, puedo volver a cobrar el subsidio de mayores de 55 años, ya que con 6 meses trabajados por tengo derecho a cobrar paro ?
      Gracias

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      1. Si no llegas al año cotizado tras cortar el subsidio para trabajar, puedes reanudar el subsidio. Si acumulas un año, primero debes agotar la prestación contributiva y posteriormente volver a solicitar el subsidio.

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    82. perdón, dicho trabajo sería trabajo temporal.

      Gracias

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    83. Saloma: hola, tengo 59 años y llevo 6 años en paro, he agotado todo los subsidios incluido el rai tengo 23 ños cotizados 15 como autonomo y 8 en el regimen general. he intentado acogerme al subsidio de mayores de 55 años pero me dicen que no pero no me dan explicacion de porque no puedo. ¿me podrias explicar porque no puedo? gracias

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      1. Posiblemente porque aunque reúnas las condiciones generales te falta la vía de acceso al subsidio, es decir, agotar prestación o subsidio o quedarte en paro de trabajar un mínimo de 3 o 6 meses.

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    84. Ocho. El apartado 3 del artículo 216 queda redactado en los términos siguientes:

      «3. En el supuesto previsto en el apartado 1.3 del artículo 215, el subsidio se extenderá, como máximo, hasta que el trabajador alcance la edad que le permita acceder a la pensión contributiva de jubilación, en cualquiera de sus modalidades»

      Termino el desempleo con 62 años y me gustaría acceder al subsidio de 55 años,para jubilarme con 65 años. Fui despedida mediante ERE y tengo 40 años cotizados, pero al leer esta Ley, parece que me jubilarían a esa edad, no se como interpretarla, me la podría explicar. Gracias

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      1. El subsidio se extinguirá el día que cumplas la edad legal vigente en ese momento para jubilarte, lo cobras desde que lo solicitas hasta ese día.

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    85. hola quisiera saber a que edad me puedo jubilar y que como me puede que dar la jubilación teniendo los últimos 13 años del susidio de los 52 años tengo 58 en este momento

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      1. El subsidio se agota a la edad legal de jubilación que exista en el momento en que la cumplas. También te puedes jubilar a los 63 si cumples los requisitos para un prejubilación voluntaria, aunque esa edad va a ir subiendo también.

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    86. En la nueva ley de mayores de 55 años, si uno se puede jubilar a los 61 años, deja de cobrar el subsidio(aunque no se jubile). Le ocurre lo mismo a los que venimos cobrando el subsidio de mayores de 52(antes) desde 2006. O tenemos derecho a seguir cobrandolo hasta los 65(aunque pudieramos jubilarnos a los 61). O sea si me jubilo a los 65 vsigo hasta entonces cobrandolo

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      1. El subisdio continúa hasta la edad legal de jubilación, si te prejubilas antes de esa edad, lógicamente el subsidio también se extingue.

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    87. Cual es la edad legal de jubilacion(años) para una persona que esta cobrando es subsidio de desempleo de mayores de 52 años(actalmente 55)desde el año 2004 y cuya empresa quebro en el año 2001.

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      1. La edad legal de jubilación es la que corresponda en el año que cumplas la edad, esta va aumentado año a año con la dichosa reforma.
        Si tienes 55 en el 2013, cumplirás los 65 en el 2023, pero como en ese año la edad de jubilación será 66 años y 4 meses pues no tendrás la edad legal hasta el año siguiente con 66 años y 4 meses.

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    88. Buenas tardes. Tengo un Seguro de Ahorro e Inversión de la Caixa, que de momento no tributa IRPF hasta su vencimiento en 2016, por lo que tampoco percibo intereses de ningun tipo o dividendos. Agradecería mucho me informaran si en la solicitud de Subsidio mayores de 55 años que tengo que tramitar el mes que viene ?. Muchas ggracias.

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    89. Me referia a si tengo que declaran alguna renta de este Seguro de Ahorro e Inversión de la Caixa. Gracias

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      1. Pues si a día de hoy no te produce ningún rendimiento no tienes porque declararlo aunque, en el momento que te produzca algún tipo de renta o interés, tienes la obligación de comunicarlo habrá que ver la cuantía para determinar si mantienes los requisitos para cobrar la ayuda.

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      2. Perdone mi insistencia pero es muy importante para mi hacer la solicitud bien. Cuando me refiero que no cobro ningun tipo de renta o interés es absolutamente cierto, pero tambien lo es que es un plan garantizado y que el capital va aumentando y siempre hay una cantidad acumalada para rescatar.
        Lo que no entiendo que en la carpeta de subsidio diga que cualquier fondo de inversión o plan de jubilación es un patrimonio improductivo y se tienen que declarar rentas por un 4% que es el interés legal del dinero del valor del bien. Podría informarme si esto no afecta en este Seguro de AAhorro e Inversión de la Caixa.

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      3. Si se trata de un capital mobiliario que no produce ningún tipo de interés periódico detectable, se calcula el rendimiento presunto (4% anual sobre el capital) a efectos de cómputos de rentas en los subsidios.

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    90. Buenos dias y feliciades por el blog. El uno de Julio he de solicitar el subsidio mayores de 55 años, cumplo los requisitos pues mi esposa ni yo percibimos ninguna cantidad. Tengo una duda a la hora de rellenar la solicitud. En Mayo cobro unos intereses anuales de unos depositos. Según consta en el impreso hay que declarar las rentas del ultimo mes anterior a la solicitud que seria Junio. ¿No tengo que hacer constar estas rentas de Mayo o anteriores?. Tengo que presentar la declaracion de la renta del 2012?. La verdad es un poco complejo todo. Muchas gracias por adelantado.

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      1. Los intereses, aunque los percibas el mes de mayo, si como dices son referidos a 12 meses, esa cantidad debe ser divida entre 12 para el cálculo de rentas. La declaración de la renta es siempre obligatoria presentarla en los subsidios. Además mediante justificante bancario puedes certificar que los ingresos percibidos por esos intereses se refieren al año completo.

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    91. Felicidades por su blog. A pesar de que no es imprescindible para mi carencia de rentas a la hora de solicitar el subsidio mayores de 55 años, como tengo previsto hacerlo, podría suscribir un convenio especial con la Seguridad Social en el mes de espera para la solicitud?. Podria hacerlo por la diferencia entre la cotización que me haran durante el Subsidio que es el SMI y lo cotizado en mi ultima hoja de salario?. Muchas gracias

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    92. Voy a cumplir 63 años el 15 de es mes tengo 35 años cotizados de ellos 10 cobrando el subsidio de mayor de 52 años quiero saber si puedo jubilarme Gracias

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    93. Tengo 54 años y no cumplo 55 hasta el 14 de Agosto, mi paro de 2 años termina el 29 de Mayo, por lo cual si contamos el mes de espera no podria acceder a la solicitud hasta el 30 de Junio y me faltaría aún
      1 mes y medio aproximadamente para cumplir los 55. Que sería mejor para mi solicitar una ayuda de mayores de 45 años con el riesgo de cambio de leyes o mejor esperar a cumplir los 55 y miengras tanto estos dos meses y medio de espera hacer un convenio especial con la SS si es que puedo a los 54. No tengo en ningun caso problema de carencia de rentas ni en los años de cotización por desempelo etc.Gracias por su información.

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    94. Para acceder al subsidio de mayores de 55 años no basta con cumplir los requisitos generales sino que además necesitas una vía de acceso, es decir, agotar prestación, subsidio o trabajo entre otros. Deberías solicitar el subsidio por agotamiento del paro y posteriormente la ayuda de mayores de 55 al cumplir la edad.
      Si esta normativa va a cambiar hasta entonces? No lo espero, aunque con estos desalmados del gobierno nunca se sabe...

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      1. Entiendo entonces que debo solicitar un subsidio mayores de 45 años sin responsabilidades familiares y una vez agotados los 6 meses pedir el de 55 o al cumplir los 55 ya podia pedirlo porque el de 55 cotiza aunque sea por el SMI. Por otra parte si agoto la prestacion el 30 de Mayo estoy obligado a solicitarlo desde el 1 al 15 de Julio solo perderia un mes de prestacion ya que cumplo los años el 14 de Agosto o estoy obligado a solicitarlo dentro de estos 15 dias despues del mes de espera. Gracias nuevamente.

        Eliminar
      2. Perdone nuevamente la molestia. Espero que me quede claro todo porque cuesta interpretar todo. En la carpeta del subsidio + de 55 años., indica Si la solicitud se presenta fuera del plazo establecido el derecho nacerá desde el dia siguiente a la solicitud, reduciendo su duración en tantos dias como hubieran transcurrido desde la fecha del nacimiento del derecho de haberlo solicitado en plazo y forma y la fecha real de la solicitud. Por tanto es la duda que he expresado en mi consulta anterior de si he de pasar obligatoriamente por otro tipo de subsidio con un mes de diferencia y suspenderlo cuando ya tenga la edad de 55 años. Gracias y espero no molestarlo más y agradecerle nuevamente su gran aportación para las personas que no dominamos estos temas.

        Eliminar
      3. La solicitud fuera de plazo se refiere a si se realiza pasados 15 días hábiles tras el correspondiente mes de espera que hay que hacer para el subsidio de mayores de 55 años.

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    95. buenos dias:mi pregunta es. la ayuda familiar y la dependencua entran en el computo de rentas para el subsidio de mayores de 55 años de los 483eu con grandes dependientes a cargo

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      1. Hola, la prestación económica por la Ley de Dependencia es compatible con cualquier subsidio por desempleo, es decir, no se tiene en cuenta.
        No entiendo muy bien a que te refieres donde dices "ayuda familiar". Alguna ayuda autonómica o local quizás?

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      2. buenas noches:respondiendo es la minusvalia de una hija con encelopatia desde el nacimiento con 95%de minusvalia tiene28 años esta discapacitada por juez y se cobra 536.60 por la seguridad social central no contributiva no autnomica ni local es gran dicapacitada yo estoy despedido por ere en abril 2012 por problemas economicos empresariales tengo 55 años y si no encuentro faena creo que puedo jubilarme a los 61 pero no se si la dependencia y esta de la s.s son compatibles o no con el subsidio me falta 1 año peroooo ;gracias por el interes esperandosu respuesta gracias.

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    96. Buenas noches: Tengo 54 años y finalizo la prestacion de desempleo de 24 meses despues de un despido de mi empresa. He leido en este foro que se han concedido subsidios mayores de 45 años con o sin responsabilidades familiares pero mi duda es la derogación el 15 de Julio del 2012 segun indica del subsidio especial de + 45 años. Estoy desconcertado porque hoy en la ofina del INEM no me han atendido ya que lo haran cuando pase el mes de espera. Y tengo dudas de si puedo solicitar algun subsidio. Porque queria consultarles mi conyuge o marido tambien carece de rentas se podria considerar que puedo pedir el subsidio con responsabilidades familiares por no tener rentas mi conyuge. Gracias por su colaboración. Me podrian decir si en mi situacion familiar puedo pedir un subsidio, en el caso de mi conyuge no hay problema porque solicitará el de +55. Gracias.

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    97. Tengo 53 años y diez meses. Hace casi dos años que estoy en paro. Cobré la prestación que me correspondía y solicité el subsidio de 426 € que es lo que estoy cobrando. Hor me han ofrecido un trabajo para suplir una baja y mi pregunta es ¿Perdería el subsidio al finalizar el contrato ya que han cambiado la Ley y ahora es a los 55? Gracias

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      1. Esa reforma no es retroactiva, puedes trabajar y al terminar reanudar el subsidio en las condiciones que tenías cuando se te aprobó siempre y cuando sigas cumpliendo los requisitos del subsidio.

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    98. TENGO 57 años y 40 años cotizados me conyugue ha recibido una herencia de sus padres me influiria a ,mi para cobrar el subsido de 55 años

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      1. Hola, la herencia en sí no influye, pero si se considera renta el rendimiento que produce esa cantidad, es decir, los intereses en su caso o sino el rendimiento presunto. El rendimiento presunto mensual de la cantidad, sería el 4% del total (tipo de interés legal del dinero para 2013) divida por 12 (mensualidades). De ahí obtendrías el rendimiento mensual de la herencia.

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    99. buenos dias me gustaria saber si cuando dicen que se tiene que ganar menos de 483 eu. por mienbro de la familia para la concesion del subsidio es contandolo o sin incluirlo gracias.

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      1. Realmente este límite no es por miembro de la familia, es de la unidad familiar, es decir, la suma de las rentas de los miembros de la unidad familiar (cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores discapacitados) dividido por el número de miembros, no debe superar los 483,98 euros.
        Puede haber algun miembro de la unidad familiar que obtenga más de 483,98 euros mensuales y aún así se pueda conceder el subsidio si la media de todos no supera el límite.

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    100. buenos dias: otra vez quisiera saber porque no han respondido a la pregunta deldia 9de mayo a las01,23 por favor dingan algo gracias por la respuesta anterior

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      Respuestas
      1. Hola, repite por favor el comentario o la consulta e intentaremos responderte si nuestro conocimiento lo permite.

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    101. Buenos días,

      Estoy muy preocupada, mi madre cobró en 2012 unos intereses por un depósito a tres años, y ahora al hacer la renta, sumar los rendimientos que tiene y dividir entre 12 veo que se pasa por 10 euros del límite por culpa de estos intereses. Va a tener que devolver todo lo de 2012 y además por no informar en plazo le van a suspender un año la prestación? Gracias..

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      1. Hola, pues es un tema delicado...
        En todo caso, recomendamos comunicar las variaciones de ingresos y más especialmente cuando puedan influir directamente en el incumplimiento de los requisitos.
        Los intereses que ha cobrado, son al vencimiento del depósito o se cobraban anualmente?

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    102. Al vencimiento del depósito... por eso le han subido tanto...gracias por la respuesta, tengo miedooo, mi madre no sabe nada aún.

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      1. Te lo preguntaba porque si esos intereses los has cobrado a vencimiento y el depósito de 3 años entonces esa cantidad habría que dividirla por 3 además de los 12 meses, pues son intereses referidos a 3 años.
        Comunica esta circunstancia en el SEPE y no creo que haya problema pues es en este momento cuando conoces la cuantía exacta de los intereses.

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      2. Aaaaaaaah!!!! ok, esta tarde voy a casa de mi madre a mirarlo todo bien...pobrecita..muchas gracias, si me surge cualquier cosa os comento.

        Por cierto, ayer se me ocurrió otra cosa, a ver qué opináis, mi madre hizo la solicitud un 8 de marzo, así que entiendo que el SEPE siempre debería mirar de 8 de marzo a 8 de marzo del año siguiente, lo digo porque si por ejemplo mi madre cobró en enero de 2012 otros intereses, no entrarían en el cómputo 8 de marzo 2012 a 8 de marzo 2013, que es donde tenemos el problema. Estoy en lo cierto? Perdonad, pero no dejo de darle vueltas, me parece tan injusta esta situación. Gracias de nuevo, de verdad.

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      3. Claro, estás en lo cierto. Si son intereses referidos a un período anterior a la solicitud no deberían ser tenidos en cuenta, pero deberías demostrarlo documentalmente pues lógicamente el SEPE mira la declaración de rentas del año anterior pues es la que está en vigor hasta la próxima y en esa sí aparecerían esos intereses.
        Acredita que el depósito ya ha vencido con su fecha de vencimiento con un justificante bancario

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    103. Buenas tardes,
      Mi madre está cobrando la prestación para mayores de 52 años. En 2011 percibió un dinero por una herencia. La verdad es que no sé si existe obligación de comunicar este ingreso derivado de la herencia en el sepe, el caso es que hoy ha recibido una carta indicando que como obtuvo una ganancia patrimonial de la que ellos no tienen constancia, han procedido a extinguir el pago de la prestación y le indican que tiene que devolver una cuantía que corresponde al total de los meses desde que percibió la herencia hasta el día de hoy. ¿Es esto correcto? En caso de ser así, ¿qué se puede hacer para que pueda seguir percibiendo la prestación? La herencia está correctamente declarada y ya hemos pedido cita en el sepe para aclarar la situación. Muchas gracias por su ayuda. Un saludo.

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      1. En el momento de recibir esa herencia teníais que haberlo comunicado al SEPE, os hubieran suspendido el subsidio si hubiera exceso de rentas y posteriormente se podría solicitar la reanudación. Al no comunicarlo estáis incumpliendo una obligación para los perceptores de prestaciones. Ojalá tengáis suerte y se pueda solucionar pero el tema es delicado y más cuando ya os han extinguido la ayuda.

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      2. No teníamos conocimiento de que hubiera que informar al sepe de que se percibe una herencia. Tenemos cita el miércoles para aclararlo, a ver qué nos pueden decir. Muchas gracias por la ayuda y la aclaración.

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    104. Hola me llamo juan luis tengo 52a cumplo 53 a en febrero 2014 terminare de cobrar un tercer R.A.I. DE 11 MESES Y DE 426 E Queria saber si podre cobrar algo despues de esto No tengo nadie a mi cargo,estoy solo pero tambien como de vez en cuando,que lo sepan los politicos que sacan y cambian las leyes segun la flexibilidad del rabo de la vaca....Podrias informarme por favor?

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      1. Hola Juan Luis, si has cobrado 3 RAIs necesitarás trabajar y cotizar a desempleo para poder acceder a alguna prestación de la Seguridad Social por desempleo. Entiendo tu situación y lo complicadas que están las cosas. Este gobierno no está precisamente con la gente con menos recursos, se están dedicando a machacar a las clases bajas y favorecer a bancos y especuladores... esta es una situación que sólo nosotros podemos cambiar.
        Si careces de recursos te recomiendo que visites los servicios sociales de tu Comunidad Autónoma o Ayuntamiento para solicitar algún tipo de ayuda o pedir orientación.
        Siento que estés pasando por esta situación, al igual que mucha otra gente y te deseo suerte. Aquí te ofrezco mi ayuda como a mucha otra gente a la que venimos respondiendo sus dudas y consulta sobre empleo y prestaciones.

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    105. Gracias por toda esta información de antemano.Voy a cumplir 64 años y cobro el subsidio de 429 euros desde los 53 años,mi mujer trás despido cobra el paro de 781 euros desde marzo.¿Cómo queda nuestra situación con la nueva reforma.Graciasss.

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    106. De antemano gracias por la información.Voy a cumplir 64 añosy cobro el subsidio (429 euros)desde los 53,mi mujer trás despido desde marzo cobra el paro(781 euros).¿Cómo queda nuestra situación con la nueva reforma?.Gracias.

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      1. Hola

        La nueva reforma que tiene en cuenta las rentas familiares para este subsidio, sólo afecta a las nuevas solicitudes, no tiene efecto retroactivo para los que ya lo estuvieran cobrando o lo reanuden. Requisito de rentas familiares en subsidio de mayores de 55

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    107. hola gracia por esta pagina que tanto nos ayuda mi pregunta es en agosto termino el paro y en setiembre cumplo los 54 soy sortero si cargas tengo derecho a alguna prestación asta los 55 y si no encuentro trabajo podre solicitar la ayuda a los 55 gracias.

      ResponderEliminar
    108. hola buenas tarde me llamo josé mi pregunta es si los que cobran la ayuda de los 55 cotizan la seguridad social y cuanto gracias por la repuesta y enhorabuena por la ayuda que nos dais.

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      1. Hola Jose, pues sí,el subsidio de mayores de 55 años es el único subsidio por el que la seguridad social te ingresa las cotizaciones para la jubilación.
        Con la nueva reforma la base de cotización es el 100% de la base mínima en vigor, 753 euros para 2013.

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    109. buenas noches, haber si pueden responderme a una duda ,si uno cobra los 426 de subsidio mayor de 55 años y le cotizan arreglo a 753 uno puede pagar algo para que le suban la cotizacion y arreglo a como? muchas gracias por adelantado

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      1. Sí. En el caso del subsidio de mayores de 55 años puedes suscribir lo que se denomina el convenio especial con la seguridad social. Debes solicitarlo en la Tesorería General de la Seguridad Social y podrás aumentar tu base de cotización hasta los límites que se establecen en la normativa

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    110. Hola tengo 35 años de autónomo, un año de mili,nunca he estado cobrando del paro, tengo 59 años, no tengo trabajo hace mucho, pero estoy en el paro desde hace un año, mi mujer trabaja 10 meses, y dos de baja,cobra neto 1000€ mes.A parte de tener enfermedad del corazón, no tengo derecho a un subsidio, no puedo pagar autónomos hace un año. Un saludo y muchas gracias.

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      1. Hola.

        Estas en una situación muy común por desgracia de mucha gente. El colectivo de los autónomos es, sin duda, uno de los más maltratados por el sistema español. Si no has trabajado por cuenta ajena no puedes optar a ningún subsidio por desempleo de la seguridad social. Has valorado la posibilidad de solicitar una invalidez por tus problemas de salud?

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