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DERECHO DE OPCIÓN. ELEGIR ENTRE DOS DERECHOS A PARO

Veremos como funciona el derecho de opción (elegir entre 2 paros) del INEM), y que opción puede ser más ventajosa a través de casos prácticos


Cuando una persona que está cobrando el paro (prestación contributiva por desempleo), suspende la prestación para trabajar por cuenta ajena durante 12 meses o mas, finalizando el trabajo por una situación legal de desempleo, entonces ha generado un nuevo derecho a prestación contributiva.

A la hora de solicitar de nuevo prestación por desempleo, se deberá ejercer lo que se conoce como derecho de opción. El SEPE (INEM) obliga a elegir entre uno de los dos derechos generados.

Opciones



  • Si opta por el nuevo derecho a prestación, se percibirá la prestación generada por las nuevas cotizaciones acumuladas desde que se interrumpió la anterior prestación, con las nuevas bases, topes y duración que corresponda en relación al período cotizado. La anterior prestación suspendida para trabajar se extingue.
  • Si opta por reanudar la antigua prestación, las cotizaciones que se han acumulado desde la anterior se eliminan y no podrán ser utilizadas para una posible futura prestación.

Plazo para optar

Desde el reconocimiento de la prestación, disponemos de 10 días para optar entre una prestación o la otra. 
Tenemos por lo tanto, tiempo suficiente para ver en detall, cuál de las 2 prestaciones es mas ventajosa para nuestros intereses. En muchos casos, si topamos con un/a funcionario/a amable y que disponga de tiempo, puede prestarse a ver en detalle cual es la mejor opción.

A continuación veremos un par de casos prácticos, que es la mejor manera de comprender como funciona el derecho de opción y de este modo poder elegir la prestación contributiva que sea mas ventajosa.


Casos prácticos del derecho de opción


Eva, suspendió en su momento una prestación contributiva de la que le restaban 6 meses para trabajar. Ahora, tras trabajar durante un año, acude a la oficina de empleo para solicitar prestación. Como ha vuelto a trabajar 1 año, ha generado un derecho de opción y tiene que elegir entre una de estas 2 opciones:

1. Prestación anterior: 


Le restan 6 meses por cobrar, 4 meses de esos 6 está en el tramo del 70% y los otros 2 en el tramo del 50% de la base reguladora. 


Base reguladora 1.200 euros


Cantidad aproximada que le resta por cobrar de la anterior prestación:


1200 x 70% x 4 (meses) + 1200 x 50 % x 2 (meses) = 5.550 € aprox.



2. Nueva prestación:


Ha generado una prestación de 4 meses de duración por el año que ha estado trabajando tras interrumpir la anterior.


La base reguladora de esta nueva prestación es de 900 euros mensuales. Al ser 4 meses de prestación, todos los meses están en el tramo del 70% (recordar que tras la reforma, a partir del 6º mes de prestación contributiva se pasa al tramo del 50% sobre la base reguladora.


Cantidad a cobrar de esta nueva prestación:


900 x 70% x 4 (meses)= 2520 € aprox.



Después de realizar los cálculos pertinentes, Eva optará por reanudar el paro anterior, pues es más ventajoso que el nuevo que ha generado. Seguirá cobrando el paro que suspendió y el año de cotizaciones que ahora ha acumulado se pierden. 


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