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COBRAR PARO O SUBSIDIO TRAS LA BAJA POR MATERNIDAD O PATERNIDAD

Supongamos que iniciamos una baja por maternidad (16 sem) o paternidad (13 días). 
Posteriormente, el contrato de trabajo se nos termina antes del fin de dicha baja que estamos disfrutando.
Durante la duración de la situación de incapacidad, será el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el organismo que nos abonará la prestación económica hasta que recibamos el definitivo alta.
pedir paro o subsidio tras fin de la baja por maternidad o paternidad
Aunque el contrato de trabajo se haya finalizado, seguiremos en situación de baja por maternidad y continuaremos percibiendo la prestación del INSS hasta el fin de la situación de baja maternal o paternal.





¿Cuando solicitar la prestación por desempleo?



Hay que solicitar la prestación o el subsidio que nos corresponda, en la oficina de empleo, en el plazo de 15 días hábiles desde la situación de alta.

Para ello será necesario pedir cita previa para solicitar prestaciones por desempleo y acudir a la oficina en la fecha señalada, con la documentación necesaria, en función de la prestación o ayuda que nos corresponda y la documentación acreditativa del fin de la baja maternal o paternal.


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