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SELLAR EL PARO POR INTERNET

Puedes evitar perder una mañana en la oficina de empleo para sellar tu tarjeta del paro. No esperes colas, realizando la renovación de la demanda de empleo en tu Comunidad Autónoma, a través de la página web del servicio de empleo autonómico. 

Te explicamos como sellar el paro por internet.

Incluye los enlaces para renovar la demanda de empleo online en cada Comunidad Autónoma.




Entre las distintas formas de cumplir con el trámite obligatorio de renovar la demanda de empleo, sin duda, la más cómoda y rápida, es realizarlo por Internet a través de las oficinas virtuales que ponen a nuestra disposición los servicios autonómicos de empleo.


Mediante un ordenador, o cualquier otro dispositivo móvil con conexión a internet, y desde cualquier punto, podremos realizar comodamente el sellado del paro online. Al renovar la demanda, el sistema emite un DARDE (Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo) con las fechas indicadas para las próximas renovaciones.


Aprovechamos para recordaros que es muy importante renovar la demanda de empleo, ya que el no realizar este trámite en el plazo indicado, tiene consecuencias que van desde la pérdida de la antigüedad y el derecho a formación, hasta sanciones económicas si estamos cobrando prestaciones por desempleo que van, desde la pérdida del paro o subsidio durante un mes, hasta la extinción total en el caso de algunas ayudas.


Para poder renovar la demanda de empleo a través de Internet, es necesario acceder a la oficina virtual de la página web del Servicio Público de empleo de la Comunidad Autónoma que corresponda y una vez identificados, podremos realizar el trámite directamente si estamos en posesión de alguno de estos medios:

- DNI electrónico.

- Certificado Digital.

- Un Usuario y Contraseña proporcionadas por el Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma.



Enlaces para renovar la demanda por Internet en cada Comunidad Autónoma:

Andalucia: Servicio Andaluz de Empleo


Aragón: Instituto Aragonés de Empleo

Asturias: Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias


Illes balears: Servei d´Ocupació de Les Illes Balears


Canarias: Servicio Canario de Empleo

Cantabria: Servicio Cántabro de Empleo


Castilla - La Mancha: Servicio Público de Empleo de Castilla La Mancha

Castilla - León: Servicio Público de Empleo de Castilla y León


Catalunya: Servei d´Ocupació de Catalunya

Comunidad de Madrid: Servicio Regional de Empleo


Comunidad Valenciana: Servicio Valenciano de Empleo y Formación

Extremadura: Servicio Extremeño Público de Empleo


Galicia: Servizo Público de Emprego


La Rioja: Servicio Riojano de Empleo

Región de Murcia: Servicio Regional de Empleo y Formación

Navarra: Servicio Navarro de Empleo

País Vasco: Servicio Vasco de Empleo

Comentarios

  1. Hola, soy perceptora de la renta activa de inserción por discapacidad física, hace un mes me sancionaron, tengo dos hijas a las que mantener sola, una de ellas tiene discapacidad, el 10 de diciembre no sello por tener anotada mal la fecha de renovar la renta con la demanda por lo que me presento en la oficina de empleo el 7 de enero tan tranquila y me entero de la sanción, llorando hasta no poder creerlo suplico solucionarlo de la mejor forma posible, presento una alegación que me denegaron, para poder seguir luchando contra esa injusticia que gran error el mío presento reclamación previa con las circunstancias de médicos, juicio que tuve en ese mismo mes pero no en ese día y con tantas cosas en la agenda y mi cabeza, no soy perfecta me puedo equivocar, no han respondido a la reclamación y yo sigo otro mes sin cobrar nada,no sé qué hacer ya ni a donde acudir,gracias por atender y responder .

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    Respuestas
    1. Hola

      Entiendo tu situación, y estoy totalmente de acuerdo en que no se debería penar de esta forma estos errores y más en rentas básicas de subsistencia. Es lógico que con todo el ajetreo que tuviste ese mes se te pasara el sellado, pero a ver si hay suerte y puedes recuperar tu subsidio.
      Bueno, veo que has presentado reclamación previa tras la desestimación de las alegaciones por parte del INEM, ahora por lo tanto, hay que esperar la contestación del SEPE a tu reclamación. El plazo para que la resuelvan, es de 45 días. En cuanto recibas la notificación, si la desestiman, tienes 30 días de plazo para interponer una demanda en el juzgado de lo social contra la resolución. En caso de que no te notifiquen, al pasar los 45 días de plazo ya podrías reclamar en el juzgado por silencio administrativo negativo.

      Te digo lo de la demanda judicial, en caso de que te desestimen la reclamación, porque además de no tener tasas para su interposición, existe jurisprudencia que determina que la sanción de extinción de la RAI, por no renovación de la demanda, no cumple el principio de proporcionalidad. Luego ya dependerá del juez/a que te toque, pero hay varias sentencias en este sentido.

      Eliminar
  2. Buenas!!estoi cobrando la RAI x vilencia de género. El día 28de agosto tenía ha haber sellado i no lo he hecho. No he recibido carta pero me sancionaran quitandome la ayuda o solo un mes?

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  3. Muchas gracias por explicarnos como poder sellar paro por Internet. Un saludo!

    ResponderEliminar

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