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PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA POR DESEMPLEO. EL PARO. HE TRABAJADO UN AÑO O MAS

Prestación Contributiva por DesempleoLa prestación contributiva por desempleo, más conocida popularmente como el "paro" es una prestación económica de carácter contributivo que recepciona, gestiona y abona el Servicio Público de Empleo Estatal, antiguo INEM, para personas que tengan acumuladas unas cotizaciones mínimas 360 días en los últimos 6 años o desde la anterior prestación, y se encuentren en situación legal de desmpleo

Es contributiva, porque el SEPE ingresa en la Seguridad Social, las cotizaciones por contingencias comunes durante la duración de la prestación.



¿QUIENES PUEDEN SER BENEFICIARIOS? REQUISITOS

  • Estar inscrito como demandante de empleo (hacerse la tarjeta de demanda) y realizar las correspondientes renovaciones mientras se percibe la prestación.
  • Suscribir el compromiso de actividad, esto es, estar disponible para la búsqueda efectiva de empleo y la obligación de aceptar un trabajo adecuado al nuestro perfil). Este trámite, deberás realizarlo en los servicios autonómicos de empleo que normalmente comparten oficina con el INEM.
  • No estar realizando una actividad laboral por cuenta propia.
  • No trabajar por cuenta ajena a tiempo completo, excepto:
    • Los contratos indefinidos de apoyo a emprendedores, a los que se le permite compatibilizar el 25% de la prestación.
    • Cuando se entre a formar parte de un programa de apoyo al empleo que permita la compatibilidad.





  • Haber trabajado cotizando a desempleo al menos 360 días durante los últimos 6 años o desde la anterior prestación.
    Los
    períodos cotizados en la Unión Europea pueden ser tenidos en cuenta para el cálculo de la prestación a percibir en España. Estos períodos se acreditan a través del modelo U1. Lo ideal es que solicites el modelo en el país donde hayas trabajado, pues es la forma más rápida de obtenerlo. Una vez en España, también puede pedirse a través de la web del actual Ministerio de Empleo y Seguridad Social www.meyss.es (antiguo Ministerio de Trabajo e Inmigración) aunque el propio servicio de Empleo Estatal SEPE puede encargarse de solicitar esta documentación. Si el modelo se solicita por algunas de las 2 últimas vías el trámite puede demorarse meses...
  • Si has alcanzado la edad legal de jubilación no puedes cobrar esta prestación excepto:
    • Que no hayas cumplido el período mínimo de cotización para jubilarte (en la actualidad esta en 15 años) 
    • Que tu situación de desempleo se derive de un ERE autorizado de suspensión o de reducción de jornada.



 PLAZO PARA SOLICITAR LA PRESTACIÓN


 El plazo legal para solicitar el paro, es de 15 días hábiles desde el fin de la relación laboral (no se cuentan domingos ni festivos pero sí los sábados).

El plazo empieza a contar desde el día siguiente a que termines de trabajar o de disfrutar las vacaciones que tengas pendientes) y ojo! porque si presentas la solicitud fuera de este plazo, y no es por motivo de una buena causa de fuerza mayor, perderás los días de prestación que te correspondían desde el día en que comenzaba el plazo para solicitar hasta el día en que efectivamente formalizas la solicitud.


Cita previa para el pedir el paro


DOCUMENTACIÓN QUE TE DEBES APORTAR

- D.N.I (Españoles), aunque no suele haber problema para que admitan el de conducir y N.I.E. y/o PASAPORTE para los extranjeros.

- Identificación de los hijos/as que están a cargo o conviven con el solicitante. Se deben mostrar los DNI de los hijos.

-Certificado de empresa firmado y sellado de la empresa o empresas donde hayas trabajando en los últimos 6 meses. Éste es el único documento oficial válido imprescindible para acreditar tu situación legal de desempleo y con el que se calculará la prestación que cobrarás.

-Resolución judicial o acta de conciliación administrativa o judicial en relaciones laborales que terminan por esta vía.

-Libro de familia o un documento similar en caso de extranjeros.

- Si eres emigrante retornado, modelo U1 si vienes de un país del Espacio Económico Europeo o el formulario de enlace que contenga las cotizaciones realizadas en los países que tienen convenio con el SEPE (Australia y Suiza).


  SOLICITUD


La solicitud puede entregarse:



  • Presencialmente en la oficina pidiendo cita previa para prestaciones por desempleo
  • Presentando la solicitud cumplimentada en una oficina de correos
  • A través de la página web del Servicio Público de Empleo Estatal http://www.sepe.es

Os dejo un enlace para descargar el impreso de solicitud y podáis llevarlo cumplimentado para agilizar el trámite:





DURACIÓN Y CUANTÍA DE LA PRESTACION

La cantidad que cobrarás de prestación será, durante los 6 primeros meses, el 70% de tu base reguladora y el 50% (últimos recortes) a partir del 6º mes.

La base reguladora diaria que se utiliza para el cálculo de la prestación, se obtiene dividiendo la base total de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la nómina de los últimos 180 días dividido por 180.

Base reguladora diaria= Total Base cotización  180 últimos días/180
 
Ten en cuenta que el paro se paga por meses de 30 días y en el líquido vendrán descontados una pequeña parte para Seguridad Social e IRPF en su caso. Debajo tenéis la composición de una nómina del paro para un mes completo:

Líquido percibir=(Base reg. diaria x 70/50% x 30 días)-S.Social-I.R.P.F


La duración de tu prestación la puedes comprobar en estas tablas en función de los días cotizados computables que tengas acumulados:


  


Límites de la prestación: Los límites de las cuantías de la prestación por desempleo para este año 2013 son las siguientes:




Parcialidad: Percibiras parcialmente la prestación cuando finalizes un contrato a tiempo parcial, o a tiempo completo y mantengas otro u otros a tiempo parcial.

Reanudaciones: Cuando te colocas, ya sea por cuenta ajena o como autónomo debes comunicar esta circunstancia cortándose la prestación el día que comienzas la actividad y pudiendo reanudarla donde la dejaste al finalizar la nueva relación laboral. En el caso concreto de cortar la prestación para colocarte por cuenta propia, si permaneces mas de 2 años como autónomo no podrás reanudar la prestación, quedando ésta extinguida.


COMPATIBILIDADES DEL PARO 


La prestación contributiva por desempleo es compatible con uno o varios trabajos a tiempo parcial. En estos casos percibirás el porcentaje de prestación equivalente a la jornada que no trabajas. Por ejemplo, si pierdes un trabajo a tiempo completo y mantienes uno al 33% de jornada, percibirás tu prestación al 67% mientras mantengas ese trabajo, lógicamente si pierdes ese trabajo pasarías a cobrar la prestación al 100%.

Una reducción de jornada no da derecho a percibir la prestación, a no ser que esta provenga de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), sea igual o superior a 1/3 de la jornada y no tenga carácter definitivo.

La prestación es incompatible con la realización de cualquier tipo de actividad económica o trabajo por cuenta propia aunque no suponga darse de alta en el RETA.

El trabajo por cuenta ajena a jornada completa es incompatible con la percepción de la prestación contributiva.

Las pensiones de la Seguridad Social, tanto contributivas como no contributivas también son incompatibles con la prestación, excepto que la pensión que tuvieras fuera compatible con el trabajo por el que pediste el paro o sea una prestación por hijo a cargo o una jubilación parcial.

    Comentarios

    1. Muy buenas, tengo una duda sobre la prestación por desempleo que tengo que percibir, resulta que desde que me bajaron al 50% del sueldo estoy cobrando 297€, y ahora veo en la información de arriba que el mínimo a percibir es de 497... mi contrato era a tiempo completo. muchas gracias.

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      1. Hola

        El límite de 497 euros es el tope mínimo para una prestación contributiva completa.
        Si la prestación que recibes es parcial, esos límites se reducen porcentualmente en función de la parcialidad de la prestación, es decir, si estás cobrando el paro parcializado al 50%, los límites máximos y mínimos se reducen a la mitad

        Un saludo

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    2. Hola, perdí los días de prestación (contributiva) que me correspondían ,pues, no la pedí en su día (más de 6meses después de la finalización del contrato). Como recuperar el 100% de prestación que me corresponde?
      Un saludo

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      1. Si no has pedido la prestación la cotización acumulada no se consume, por lo que podrías solicitar tu prestación en el momento en que te encuentres en una nueva situación legal de desempleo.

        Otra cosa distinta sería que te hayan tramitado la prestación aún a sabiendas de que se te consumiría automáticamente por solicitarla fuera de plazo

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    3. Hola, tengo que solicitar la prestación contributiva. Me despidieron el día 2 de noviembre pero tenía días de vacaciones pendientes. Sé que debo dejar pasar esos días (en la última nómina pone que son 9.55 aunque yo diría que eran 7). Cuándo podría pedir cita para solicitar la prestación? El paso de estos 7 o 10 días serían hábiles o naturales? Un saludo. Muchas gracias.

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      1. Hola

        El número de días de vacaciones no disfrutados que debes esperar antes de solicitar la prestación, suele figurar en el certificado de empresa que ésta tiene que proporcionarte al término de tu relación laboral.
        También podrías al teléfono de la oficina virtual, 901 11 99 99 donde también te pueden comprobar el día a partir del cual puedes solicitar la prestación.
        Los días de vacaciones que te quedarían por disfrutar serían naturales en todo caso.
        En cuanto al tema de la cita, es muy difícil determinar cuando te la darían pues depende mucho de la provincia en que te encuentres. En todo caso siempre se respeta el día en que solicita la cita y no el que tienes que ir a la oficina a la hora de determinar los plazos de solicitud. Lo normal es solicitar la cita previa el día siguiente al término de la relación laboral (en tu caso al terminar las vacaciones) y suelen darla a los 2 o 3 días.

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    4. Muchas gracias. Ha sido de gran ayuda.

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    5. Tengo 120 diascotizados a meda jornada y otro mes mas,el ultimo a jornada completa, me corresponde subsidio 426

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    6. Buenas noches:
      Diasde derecho: 300 Días consumidos:281 Period reconocido: al 27/08/2014.

      Tengo contrato a jornada completa desde 1/10/104 hasta 31/07/2015.
      Tengo esposa y un hijo menor de 26 años.Los 65 cumplidos en Marzo del 2014,
      Que tendría que solicitar una vez que termine el contrato?

      Muchas gracias por vuestra ayuda.

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      1. En el momento que finalices el contrato y acudas a la oficina de empleo, allí te informarán de la prestación o ayuda que te corresponde. Si no has agotado una prestación contributiva anterior, la reanudación de ésta siempre tiene prioridad sobre los subsidios

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    7. Quería consultaros sobre el derecho a prestaciones en el contrato de formación.
      Mi caso es que yo formo parte de una empresa familiar, una Sociedad Limitada Laboral, acabo de terminar contrato después de año y medio trabajando con ellos, la empresa la forman tres socios (el gerente general es tío mio) y a cada cuál le corresponde un 33% de las acciones. El tema de la cuestión es que uno de los socios es mi madre, y como leo en los requisitos para solicitar la prestación en este tipo de contratos, no debe existir convivencia con el familiar para tener derecho a paro. Estoy empadronado en casa de mis padres, pero hace ya cuatro años que no vivo con ellos, estoy casado y vivo en un piso desde hace bastante tiempo.
      Ahora, la pregunta es si existe alguna forma de demostrar que no convivo con ellos, porque para más inri, a parte de estar empadronado con ellos, no tengo contrato de alquiler ni nada para demostrar que vivo ahí, lo más que tengo es una cuenta domiciliada a mi nombre en esa dirección en la que llevo viviendo desde hace cuatro años. No sé de qué forma demostrar mi independencia económica. He trabajado, tengo algunas nóminas antiguas, pero la verdad que muchos trabajos los he hecho sin contrato, porque tal y como están las cosas, es difícil que te contraten para trabajos de fin de semana o eventuales, que es con lo que voy tirando.
      Leo que en caso de convivencia se tendrán en cuenta otro tipo de requisitos, como pertenecer a otro núcleo familiar, el tiempo de servicio prestado, la cotización a la SS...
      Necesito vuestra ayuda por favor, quiero estar informado antes de intentarlo y la verdad es que ni en la asesoría del la empresa de formación ni en la empresa son capaces de resolverme la duda y para colmo llamo al SEPE y me dicen que "depende del que me toque y me tramite los documentos".

      Muchas gracias por vuestra atención.

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    8. Hola buenas tarde tengo una duda tengo 6 meses y man dicho K cobraría si lo solicito 174 euros por ser media jornada ahora man llamao para linpia una casa de obra a jornada conpleta pero solo seria para una semana me seguiría perteneciendo los 174 o los 426 al ser último contrato de jornada conpleta gracias

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    9. Hola tengo una duda. Tengo que renovar el subsidio por ins.cotización de 21 meses. Ahora mi pareja tiene nomina de 900. Al alta no trabajaba. Un hijo de 3 años. Me pueden quitar el subsidio por la nomina? gracias.

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    10. Hola,mi situación es la siguiente, yo estoy trabajando a media jornada como vigilante de seguridad y llevo 2años. Me gustaría saber si me pertenece alguna prestación y si la puedo cobrar simultáneamente con mi trabajo, me gustaría saber también la cuantía y la duración. Alguien me puede ayudar? Gracias

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    11. Buenas tardes me gustaría saber si me podéis ayudar un poco...
      Actualmente estoy cobrando un subsidio por cotización insuficiente, me corresponden 6 meses por haber cotizado 6 meses y no tener cargas familiares.
      El caso es que estoy embarazada de 21 semanas, mi bebe va a nacer según los cálculos del medico a mediados de marzo y mi subsidio termina en febrero.
      Soy menor de 21 años
      Mi pregunta es, al nacer mi bebe y no poder trabajar que clase de prestación podría solicitar. Estoy leyendo muchas cosas y no termino de aclararme, si pudiera alguien ayudarme lo agradecería.

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      1. Es una cuestión delicada. Cuando durante la percepción del subsidio cambian las circunstancias familiares es posible solicitar la ampliación a ayuda familiar. ´Pero en tu caso, al nacer el bebe despues de los 6 meses no se si se podría ampliar. Consultalo con tu oficina de empleo o llamando al 901 11 99 99 en horario de oficina

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    12. Buenos días:

      Transmito la siguiente duda, que es muy particular, porque en el SEPE no me saben aclarar.

      Era trabajador laboral fijo de un Ayuntamiento. Fui despedido disciplinariamente el 15/11/2015, tras estar desde 01/09/2015 en suspensión provisional de empleo y sueldo (cobrando las retribuciones mínimas y cotizando por ellas). Según las orden ministerial 27/10/1992 (BOE 05/11/1992), la SS tiene que devolver al Ayuntamiento las cotizaciones cobradas durante la suspensión provisional y yo devolver las cantidades cobradas.

      Mi duda es si puedo solicitar la prestación por desempleo de manera retroactiva, ya que el despido aparece como desde el 01/09/2015 (tiene carácter retroactivo) pero notificado el 15/11/2015, por lo que no se como afecta lo de los 15 días de plazo para solicitar la prestación por desempleo.

      Espero haberme explicado bien.

      Gracias por su atención.

      Un Saludo

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      1. El caso que planteas es bastante especial y no dispongo de información sobre antecedentes para poder exponer una opinión sólida. Entre las situaciones legales de desempleo, se encuentra la suspensión provisional acordada por el empresario, por lo que es probable (no te lo puedo asegurar ) que el día siguiente a la suspensión ya te encontraras en situación legal de desempleo y comenzara a correr el plazo de los 15 días hábiles. Pero claro, al ser una suspensión con mantenimiento de retribuciones básicas y cotización es un caso bastante especial. Lo curioso es que el propio SEPE no sea capaz, según expones, de aclarar la situación en la cual te encuentras. No me atrevo a decir que debes hacer, la solución más fácil sería una resolución por parte del organismo sin tener que llegar a reclamaciones. También, en caso de que no se pueda hacer retroactiva la prestación, cada día que pasa ahora mismo, es un día que pierdes de prestación en caso de solicitarla fuera de plazo.
        Espero que tengas una resolucion satisfactoria por parte del organismo y nos mantengas informados. Suerte y un saludo

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    13. Este comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.

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    14. Hola tengo un contrato de 12 horas semanales o sea 48 horas al mes y me gustaría saber si alos 180 días trabajados. Tendría derecho al subsidio por desempleo y que cantidad cobraría gracias

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      1. Hola

        Con un mínimo de 6 meses trabajados, podrías tener derecho al subsidio de cotización insuficiente siempre y cuando cumplas el resto de los requisitos para poder percibir esta ayuda. La cuantía sería parcial si el último contrato que da acceso al subsidio es parcial. Se aplicaría la parcialidad de tu contrato a la cuantía de la ayuda

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    15. Hola, me concedieron el subsidio por cotización insuficiente hace 3 meses, y como mi último contrato era a jornada parcial, cobré lo proporcional. Todo el mes pasado estuve trabajando a jornada completa y ahora al querer reanudar el subsidio me dicen que este último contrato no tiene validez (que seguiré cobrando a tiempo parcial); esto es así? Tengo entendido que en la reanudación cuenta el último contrato.

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    16. He trabajado seis meses asegurada una hora y media a de lunes a viernes .Mi pregunta es cuanto tiempo tengo que cotizar a jornada completa para que me quede los 426 euros gracia

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    17. Ha por cierto tengo hijos

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    18. A ver si alguien porfavor me puede ayudar, termine mi paro y me denegaron el subsidio que me pertenecía familiar por una supuesta baja voluntaria de un contrato fijo discontinuo que tenía ahora he cotizado 3 meses seguidos a jornada completa me pertenece el subsidio por insuficiencia de cotización con cargas familiares mi duda es si me pertenece 3 meses o el maximo porque no pude cojer el otro subsidio muchas gracias de antemano

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    19. Hola buenos dias!!!
      Mi situacion es la siguiente,acabo de terminar de trabajar despues de 7 meses con contrato de 6 horas,antes de empezar ,agote la ayuda de 21 meses excepto 4 dias q me kedaron!!!aora e ido al inem y me an dixo q no me pertenece nada!!!tengo 1 hijo de 2 años!!!
      Muchas gracias de antemano

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      1. Pues no sabría decirte con eso datos. Quizá haya algún dato mas que hace que dejes de cumplir los requisitos. Ni siquiera tienes derecho a reanudar la anterior?
        De todas maneras, siempre tienes derecho a solicitarla y reclamar contra la resolución de denegación de la ayuda.
        Un saludo

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    20. Hola él 28 de enero se me acabo él contrato y estaba a media jornada,ahora me ha echó un nuevo contrato de 5 días a 8 horas con esos últimos 5 días a 8 horas puedo cobrar los 426€?a parte ya tengo los 6 meses

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    21. El subsidio por cotización insuficiente, toma la parcialidad del último contrato que da acceso a la ayuda, si esta empresa es diferente a la anterior

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