Ir al contenido principal

LEGÁLITAS: 50% DE DESCUENTO PARA PARADOS

La conocida empresa de asesoría legal y abogacía Legálitas, anuncia en su página web una interesante promoción para desempleados:

La oferta consiste en un descuento del 50 % en sus productos para sus nuevos clientes que se encuentren en situación de desempleo para la defensa jurídica de sus intereses.

Según figura en su web, los productos en los que se aplica esta promoción para parados son los siguientes:



Protección Familiar:

129€-50% Descuento desempleados = 64,5€

Abogado de Cabecera Familiar:

172€-50% Descuento desempleados = 86€

Protección Conductor Plus Individual:

116€-50% Descuento desempleados = 58€

Si estas interesado/a en alguna de estas promociones, basta con que te pongas en contacto con Legálitas enviando tu nombre completo, un teléfono de contacto y una copia de la tarjeta de demanda de empleo, por cualquiera de las siguientes 2 vías:


  • Por email: comercial@legálitas.es
  • Por fax: 91 771 26 00

Posteriormente Legálitas se pondrá en contacto contigo para ofrecerte más información sin ningún tipo de compromiso.

Para más información ofrecen el teléfono 902 011 100

Fuente: www.legalitas.com

Comentarios

Entradas populares de este blog

CORTAR PARO O SUBSIDIO PARA TRABAJAR.

- Es obligatorio comunicar al SEPE (INEM) la colocación por cuenta ajena o el inicio de actividad como autónomo si estamos cobrando paro o subsidio. - Se puede cortar (suspender) el paro o subsidio para trabajar por cuenta ajena o autónomo y reanudarlo al finalizar el trabajo o incluso pedir nueva prestación cumpliendo una serie de condiciones que veremos en el post. - También existe la posibilidad de compatibilizar el paro o subsidio que estamos cobrando con el trabajo a tiempo parcial Debido al aumento, especialmente durante la época estival, de los contratos temporales , de corta duración y en muchos casos, a tiempo parcial, son muchas las dudas que surgen a personas que, encontrándose cobrando el paro o algún tipo de subsidio por desempleo, reciben una oferta de trabajo. El mismo tipo de dudas, puede producir el querer iniciar una actividad como autónomo cuando se es beneficiario de prestación por desempleo . En este post, veremos las diferentes posibilidades que se ...

Cobros indebidos del INEM. Reclamación de cantidades y compensación

Los cobros indebidos de prestaciones por desempleo, se producen cuando el Servicio Público de Empleo, detecta y determina que el beneficiario de prestaciones, ha estado percibiendo el paro o algún subsidio durante algún tiempo sin haber tenido derecho a ello. La percepción de prestaciones indebidamente, puede derivarse de que hayamos incurrido en alguna causa de suspensión , extinción   de la prestación, o bien que se haya producido una  revisión de la cantidad a la baja sobre la cuantía que estábamos percibiendo. Situaciones que pueden dar lugar a un cobro indebido y a la correspondiente reclamación de cantidades por parte del INEM.

¿QUE SE CONSIDERA RENTA PARA EL SEPE?

¿Cuáles son las rentas que toma en consideración el SEPE para el requisito de carencia de rentas de los subsidios? ¿Cómo puedo realizar el cálculo para determinar si tengo derecho o no al subsidio? Dentro de los requisitos generales que se imponen para cobrar un subsidio por desempleo, se encuentra el requisito de carencia de rentas .  Sabemos, que dicho requisito, impone un límite rentas mensuales personal, y en su caso familiar situado en el 75% de SMI (483,98 euros ). Con esa cantidad de renta, suponen que la persona tiene ingresos suficientes como para no necesitar una ayuda económica por desempleo.  Importante : Independientemente de que constituyan o no rentas para el SEPE, se deben declarar y comunicar todas las rentas familiares o las variaciones que estas sufran durante la percepción de los subsidios.